La justicia de Aragón sugiere al Ayuntamiento de Zaragoza que revise los requisitos de acceso a los Centros de Convivencia de Mayores
Date of article: 09/10/2026
Daily News of: 09/10/2026
Country:
Spain
- Aragón
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Article language: es
La Institución plantea que puedan acceder también los cónyuges o parejas de hecho de personas socias, aunque no estén jubilados
La justicia de Aragón, Concepción Gimeno, ha sugerido al Ayuntamiento de Zaragoza que valore la revisión de la Ordenanza de los Centros Municipales de Convivencia para Personas Mayores para adecuarla a la realidad actual de la población y, en concreto, que analice la posibilidad de ampliar el acceso a los cónyuges o parejas de hecho de personas que ya sean socias, aunque aquellos no estén jubilados.
La resolución responde a la queja presentada por un ciudadano que lleva casi tres años jubilado y cuya esposa, de 65 años, no puede acceder como socia al centro al que él acude. Según explicó, su mujer no dispone del tiempo suficiente de cotización para jubilarse, al haber dedicado parte de su vida al cuidado de sus hijos, y actualmente desarrolla una actividad laboral remunerada.
La Ordenanza municipal establece que para ser socio de estos centros es necesario ser jubilado o pensionista, haber cumplido 60 años y estar empadronado en Zaragoza. También permite el acceso a los cónyuges o parejas de hecho de las personas socias, con independencia de su edad, siempre que no desempeñen una actividad laboral remunerada y estén empadronados en la ciudad.
En su respuesta al Justicia de Aragón, el Ayuntamiento de Zaragoza confirmó que la esposa del promotor de la queja no cumple actualmente estos requisitos. No obstante, el propio Servicio del Mayor reconoció que la Ordenanza, aprobada en 2010, necesita una revisión ante los cambios experimentados por la población mayor de la ciudad durante los últimos años.
La resolución recuerda que los Centros Municipales de Convivencia tienen entre sus objetivos favorecer las relaciones sociales, la participación activa y la integración de las personas mayores, así como ofrecer servicios y actividades que contribuyan a mejorar su bienestar y calidad de vida.
Por ello, la justicia de Aragón considera oportuno valorar una actualización de la normativa que tenga en cuenta la realidad social actual y permita analizar el acceso a estos centros de cónyuges o parejas de hecho de personas que ya cumplen los requisitos para ser socias, aunque aquellos todavía no estén jubilados.
