El 20 por ciento de los expedientes de Urbanismo se refieren a edificios ruinosos y solares abandonados
Date of article: 23/02/2016
Daily News of: 23/02/2016
Country: Spain
- Aragón
Author: Regional Ombudsman of Aragón
Article language: es
En los últimos años, viene siendo una constante en el área de Urbanismo de la Institución el elevado número de expedientes relacionados con solares abandonados, en pésimo estado de conservación y edificios ruinosos que amenazan la seguridad de viandantes. En 2014, estos expedientes fueron el 20%, incluidos los abiertos de oficio en el marco de un estudio global de la situación en los municipios aragoneses de más de 5.000 habitantes.
Cuando la actuación del Justicia se inicia a instancias de un particular, el denominador común de las quejas es la falta de control por parte de la Administración municipal de la conservación de edificios, con frecuencia, situados en zonas urbanas consolidadas e inclusos casos históricos. La falta de control supone que no se inician los expedientes de ruina cuando procede ni, por lo tanto, se dictan órdenes de ejecución dirigidas a los propietarios o, en el caso de que hagan oídos sordos, la consiguiente orden de ejecución subsidiaria.
Tanto en los expedientes de parte, como en las actuaciones de oficio, el Justicia de Aragón recuerda a la administración local los aspectos esenciales de la normativa y de la jurisprudencia, así como la obligación de conservación de la edificación que corresponde a los propietarios, un deber legal que, no obstante, tiene como límite la situación de ruina precisamente porque entran en juego otros derechos como la seguridad, salubridad e higiene.
Otro aspecto importante que la Institución recuerda en las Sugerencias y Recomendaciones a los ayuntamientos, es la necesaria solvencia de los informes técnicos referidos a una concreta actuación porque en ellos se han de recoger con precisión las obras a ejecutar y su valoración económica, el plazo preciso para su ejecución.
Por lo que respecta a la financiación de las ejecuciones subsidiarias, ante algunas evasivas municipales, el Justicia ha recomendado la habilitación en los presupuestos de partidas de crédito ampliables, a costa de los obligados, que son los propietarios.