El Procurador del Común insta a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Rural a que controle los títulos que habilitan para solicitar las ayudas de la PAC

Date of article: 17/01/2020

Daily News of: 22/01/2020

Country:  Spain - Castilla y León

Author: Regional Ombudsman of Castilla y León

Article language: es

En la Comunidad Autónoma de Castilla y León el sector agrario tiene gran importancia en la generación de riqueza y, como es conocido, una parte de las rentas agrarias que se generan en la Región procede de las ayudas que proporciona la Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea.

La gestión de estas ayudas la realiza la Administración autonómica a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, previa Solicitud Única del titular de la explotación que ha de comprender las parcelas declaradas bajo la presunción de legítima posesión. 

Sin embargo, en el ejercicio de las labores propias de la Defensoría, hemos tenido conocimiento de situaciones en las que algunos solicitantes de las ayudas PAC no eran propietarios ni legítimos poseedores de algunas de las parcelas sobre las que solicitaban las ayudas, situaciones que en ocasiones son objeto de denuncia ante la Consejería competente y, en su caso, de queja ante el Procurador del Común por parte de los propietarios de las fincas. En estos casos, ante la denuncia, el órgano correspondiente de la Consejería verifica la situación  y, en el supuesto de que el solicitante no acredite el título habilitante para solicitar la ayuda, la Administración impide el pago de la ayuda y, en su caso, reclama lo que indebidamente se hubiera abonado. 

Pues bien, para evitar que se produzcan esas situaciones irregulares, que solamente llegan a ser solucionadas en los casos en que la Administración tiene conocimiento de ellas, normalmente a través de las correspondientes denuncias que hubieran interpuesto los propietarios, el Procurador del Común recientemente se ha dirigido a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural pidiendo que extreme el control del contenido de todas las solicitudes de ayudas PAC que reciba, realizando las comprobaciones que sean precisas, sin necesidad de denuncia previa, para verificar que todos los solicitantes cuentan con los títulos, sean de propiedad, de arrendamiento u otros, que acrediten su derecho a explotar las fincas que figuran en la solicitud y, consecuentemente, a recibir la ayuda PAC correspondiente, sin que sea suficiente la presunción de legítima posesión de las parcelas declaradas por parte del solicitante para que la Administración tramite a la solicitud presentada, como se viene admitiendo hasta ahora.                  

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