El Procurador del Común pide una mayor regulación y control de los elementos calefactores en los establecimientos de hostelería de Castilla y León
Date of article: 18/10/2021
Daily News of: 19/10/2021
Country: Spain
- Castilla y León
Author: Regional Ombudsman of Castilla y León
Article language: es
Se trata de una actuación de oficio donde se ha requerido la colaboración de 60 Ayuntamientos de la Comunidad de más de 5.000 habitantes.
De los 36 Ayuntamientos que cuentan con una regulación específica sobre terrazas de hostelería, 23 disponen de ordenanzas en las que también se regulan las características que deben tener las estufas y calefactores, cuatro Ayuntamientos simplemente los mencionan como un elemento más de las terrazas, sin realizar ninguna precisión, y dos Ayuntamientos los han regulado mediante sendos Decretos de la Alcaldía.
La creciente ocupación del dominio público mediante la instalación de terrazas de hostelería, motivada entre otras razones por la situación generada por la pandemia de Covid-19, y, sobre todo, la extensión temporal de las autorizaciones concedidas a bares y restaurantes, más allá de los tradicionales meses de verano, ha traído consigo un incremento de la ubicación en las mismas de estufas y elementos calefactores para posibilitar que su utilización sea más confortable durante los meses en que predominan las bajas temperaturas.
Por esta razón y atendiendo, por un lado, a la previsible demanda social de uso de los espacios exteriores a los negocios de hostelería en la época de bajas temperaturas a que nos vamos acercando y, por otro, a la necesidad de garantizar la seguridad de las instalaciones que hayan de situarse en la vía pública, unido al exigible deber de la administración municipal de actuar con sometimiento al principio de legalidad y preservando la seguridad de todos los administrados, el Procurador del Común ha promovido esta actuación de oficio en un intento de conocer la situación y la regulación con la que cuentan las entidades locales de mayor tamaño de nuestro ámbito territorial en relación con la ubicación de estos elementos calefactores en las terrazas.
A esos efectos, ha solicitado información a todos los municipios de nuestra Comunidad de más de 5.000 habitantes, en total 60 Ayuntamientos. Conforme a la información facilitada, se pudo advertir que de los 36 Ayuntamientos que cuentan con una regulación específica de las terrazas de hostelería, en 23 ordenanzas se contiene una regulación bastante detallada sobre las características que deben tener estos aparatos; en 4 ordenanzas, en cambio, solo los mencionan como un elemento más de la terraza, sin mayores precisiones, y otros 2 Ayuntamientos los regulan mediante sendos Decretos de la Alcaldía.
Otros 17 Ayuntamientos abordan la cuestión en las correspondientes ordenanzas fiscales, por lo tanto desde un punto de vista tributario; 4 de las correspondientes ordenanzas fiscales incluyen, además, consideraciones respecto a su instalación y características técnicas. También algún Ayuntamiento ha emitido un bando específico para atender las cuestiones relacionadas con la situación de estos elementos en la vía pública, circunscrito temporalmente a la duración y/o vigencia de las normas para hacer frente a la pandemia
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