El Síndic tramita 1.559 quejas procedentes de Tarragona durante el año 2014

Date of article: 08/05/2015

Daily News of: 11/05/2015

Country:  Spain - Catalonia

Author: Regional Ombudsman of Catalonia

Article language: es

Representan el 16% de las quejas tramitadas en toda Cataluña  

Las quejas sobre el Castor centran el 32% de los casos investigados

El Ayuntamiento del Vendrell (motivo de 57 quejas) es la administración tarraconense que ha generado más disconformidad

Las quejas iniciadas específicamente en el año 2014 han sido 1.155

(c) Síndic

El síndic de greuges de Cataluña, Rafael Ribó, se ha desplazado hoy a Tarragona para presentar el Informe al Parlamento 2014, especialmente las cuestiones relacionadas con las comarcas tarraconenses.

 En total, el Síndic ha tramitado 1.559 quejas procedentes de la demarcación de Tarragona, que representan el 16% de toda Cataluña. Esta cifra indica las quejas que se han investigado en el año 2014, con independencia del año de apertura. El número de quejas iniciadas específicamente en el 2014 ha sido de 1.155.

En el año 2014, en relación con el año 2013, tanto las quejas tramitadas (que fueron 1.072) como las iniciadas (855) han aumentado. Por localidades, las que han registrado más quejas nuevas en el 2014 son Alcancar (393), relacionadas con el proyecto Castor, Tarragona (120) y El Vendrell (69).

El ámbito del medio ambiente ha sido el más prolífico, concretamente el proyecto Castor, que ha generado 500 quejas, seguido del de administración pública (239) y del de las políticas sociales (237). Respecto a las consultas (826) las políticas sociales, con 224, encabezan el listado.

La actuación o falta de actuación de las administraciones tarraconenses ha sido el motivo de 277 investigaciones. El Ayuntamiento del Vendrell, con 57, ha sido la administración que más ha generado. La disconformidad por el cobro de una tasa de vado ha centrado 20 de estas quejas. En segundo lugar se encuentra el Ayuntamiento de Tarragona (48).

El tiempo empleado por el Ayuntamiento de Tarragona en tramitar la información solicitada por el Síndic ha sido de casi 98 días, con lo que se ha demostrado una capacidad de respuesta más ágil que en el año 2013, de 115 días, y que la media de ayuntamientos catalanes, también de 115 días.

Actuación de oficio a raíz de las indemnizaciones del Castor

Por iniciativa propia, el Síndic ha tramitado 16 actuaciones de oficio. De estas, una de les más destacadas es la investigación entorno al proyecto del almacén de gas Castor.

En un principio iniciada con motivo de los movimientos sísmicos, con posterioridad, y a raíz de la queja formulada por la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Tierras del Sénia, el Síndic centró la investigación en la rescisión de la concesión del proyecto y el pago de una indemnización a la empresa concesionaria por parte de los usuarios.

También se ha llevado a cabo una investigación ante las demandas de las organizaciones ecologistas de parar las prospec­ciones petrolíferas actuales y futuras que afectan al Mediterráneo.

Queja contra el Ayuntamiento de Tortosa por el derecho de acceso a la información

Rafael Ribó ha aprovechado la visita a Tarragona para explicar en el marco de una jornada sobre transparencia y buen gobierno la nueva competencia del Síndic como garante de la Ley de transparencia, con el encargo de elaborar un informe anual sobre el cumplimiento que hacen las administraciones de dicha ley.

Sobre este tema, ha destacado una queja por la falta de respuesta del Ayuntamiento de Tortosa a una solicitud de acceso a unas actas de reuniones. El Síndic pide al Ayuntamiento de Tortosa que dé respuesta al escrito del promotor.

Seis visitas de la Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura

En calidad de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura (ACPT) el Síndic ha efectuado seis visitas a centros y espacios donde se encuentran personas detenidas. En concreto, ha visitado la comisaría de los Mossos d'Esquadra y de la Policía Local de Montblanc y Valls. En la ciudad de Tarragona se ha desplazado a la comisaría de los Mossos y a la de la Guardia Urbana y a Reus ha visitado el hospital psiquiátrico universitario Instituto Pere Mata y la residencia socio-sanitaria Monterols.

Tras la sentencia del Tribunal Constitucional que suprime la ACPT, el Síndic ha creado el Mecanismo Catalán para la Prevención de la Tortura para continuar ejerciendo las funciones que le atribuyen el Estatuto de autonomía de Cataluña y la Ley 24/2009, del 23 de diciembre, respetando el marco constitucional y la sentencia.

Las funciones del Mecanismo Catalán para la Prevención de la Tortura se llevarán a cabo por medio del Equipo de Trabajo del Síndic de Greuges, con la asistencia y el asesoramiento del Consejo Asesor para la Prevención de la Tortura, de acuerdo con el marco legal previsto, y bajo las previsiones y la dirección del Síndic.

12 desplazamientos del equipo itinerante de recogida de quejas

El Síndic ha visitado 12 localidades tarraconenses para recoger quejas. Los desplazamientos se han materializado en 133 quejas y 66 consultas. Las localidades visitadas en el 2014 han sido: Amposta, Cunit, Valls, Riudoms, Tarragona, Móra la Nova, Torredembarra, El Vendrell, Vila-seca, Cambrils, Tortosa y Reus.

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El Síndic recomienda que el debate lingüístico retorne a la comunidad educativa y lamenta que se enfoque en clave judicial

Date of article: 08/05/2015

Daily News of: 11/05/2015

Country:  Spain - Catalonia

Author: Regional Ombudsman of Catalonia

Article language: es

El síndic de greuges, Rafael Ribó, ha destacado que el modelo de política lingüística de Cataluña “es un tesoro que debemos preservar” y que “es desgraciado el país que entra a plantear el modelo educativo en clave de conflicto judicial”.

Ribó ha hecho estas declaraciones a raíz de la reciente sentencia de Tribunal Supremo que avala la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de fijar en un 25 por ciento el porcentaje de enseñanza en castellano en las escuelas que cuenten con familias que así lo requieran.

Según el síndic, Cataluña debe garantizar un modelo educativo de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, pero ha subrayado que es la comunidad educativa quien debe llevar el peso del debate y tomar las decisiones.

El síndic ha recordado que el modelo de inmersión lingüística, funciona en Cataluña hace 32 años con toda con normalidad y serenidad, ha garantizado la cohesión social, la igualdad de oportunidades. Además, ofrece buenos resultados académicos de conocimiento tanto del catalán como del castellano, comparables e incluso superiores a los de otras comunidades autónomas con una única lengua.

“Es un modelo que responde a todos los tratados internacionales suscritos por el Gobierno español, como la Carta de Lenguas”, ha manifestado Ribó, que también ha afirmado que el modelo catalán de sociedad plurilingüe ha sido destacado internacionalmente como ejemplo a seguir.

El Síndic ha abierto una actuación de oficio  ante las disfunciones organizativas que puede ocasionar el recurso interpuesto por el Gobierno del Estado contra el procesó de preinscripción escolar en Cataluña. El citado recurso viene motivado por la voluntad de prorrogar el periodo de matriculación para poder informar al alumnado de manera individualizada sobre la opción de elegir el castellano como lengua vehicular.  Esta imposición, a parecer del síndic, podría resultar contraria a la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del TSJC.

 

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El ararteko propone al departamento de medio ambiente y política territorial del gobierno vasco que mejore algún aspecto de la información publicada en la web sobre la validación de los datos de la red de calidad del aire de euskadi

Date of article: 11/05/2015

Daily News of: 11/05/2015

Country:  Spain - Basque Country

Author: Regional Ombudsman of the Basque Country

Article language: es

Una persona acudió al Ararteko para exponer el proceso de validación de los datos de calidad del aire que dispone la red de vigilancia y control del País Vasco. En concreto, planteaba que es frecuente el retraso de más de un mes en la validación de datos que aparecen reflejados en la página web del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

Solicitamos información al Departamento y, en su respuesta, expone que la actual red de vigilancia y control de la calidad del aire ha puesto en marcha y ejecutado un plan de mejora y optimización de la red. Entre otras actuaciones, ha modificado el sistema de validación de los datos obtenidos por las cabinas de medición, pasando de una validación manual, que se realizaba cada día o cada varios días, a una validación automática instantánea.

En consecuencia, los datos registrados en la red son validados de forma automática, siguiendo los procedimientos y los objetivos de calidad establecidos en el Real Decreto 102/2011, relativo a la mejora de la calidad del aire. Los datos obtenidos y validados son publicados cada hora en la web del departamento y en el portal Open Data Euskadi.

El retraso en el proceso de validación de los datos se refiere a un segundo proceso de verificación manual al que son sometidos los datos. Este segundo proceso de verificación manual es un procedimiento interno para controlar el correcto funcionamiento de los equipos de medición. Sin embargo, según explica el Departamento, ese segundo proceso no afecta a la validez de los datos obtenidos con la validación automática.

Tras valorar esa información el Ararteko ha dirigido al Departamento una sugerencia para que continúe con la labor que ya realiza de divulgar la información sobre el estado de la calidad del aire en la CAPV.

En casos como éste, consideramos importante hacer un esfuerzo para aclarar y asistir técnicamente a los usuarios de estas páginas webs en el ejercicio de sus derechos medioambientales. Además, el Departamento debería incorporar en la página web información suficiente sobre los procesos de validación de los datos (automático y manual) y sobre el momento concreto desde el cual los datos de evaluación están debidamente verificados y validados.

Asimismo, esta página debería incorporar información suficiente sobre los episodios puntuales en los que puedan originarse problemas de funcionamiento y calibración de los equipos de medición que, en algunas circunstancias, pueden llevar a invalidar los datos obtenidos.

En los últimos días hemos podido comprobar el retraso en la validación manual de los datos se ha reducido a menos de una semana.


Vitoria-Gasteiz, 11 de mayo de 2015

 

 

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Via libera a un referendum a Mirandola

Date of article: 08/05/2015

Daily News of: 11/05/2015

Country:  Italy - Emilia-Romagna

Author: Regional Ombudsman of Emilia-Romagna

Article language: it

I cittadini di Mirandola (Mo), uno dei comuni colpiti dalle scosse di terremoto che colpirono l’Emilia il 20 e 29 maggio di tre anni fa, hanno il diritto di esprimersi attraverso un referendum consultivo sulla eventualità che “l’amministrazione comunale avvii un percorso partecipativo per valutare la possibilità di rendere nuovamente operativo l’ospedale di Mirandola, come già avveniva prima del sisma 2012”.

A stabilirlo è il Difensore civico regionale, Gianluca Gardini. Infatti, in base allo Statuto comunale spetta al Difensore civico pronunciarsi sull’ammissibilità del quesito referendario e il Comune di Mirandola ha stipulato con la Regione Emilia-Romagna una convenzione per l’affidamento della difesa civica comunale al Difensore civico regionale.

A febbraio, Gardini aveva bocciato una richiesta di ammissibilità per una iniziativa popolare dei cittadini di Mirandola sul nosocomio cittadino: si trattava di un referendum abrogativo di una delibera del Consiglio comunale sul tema “La sanità a Mirandola” che impegnava la Giunta ad attivarsi per “rafforzare la medicina del territorio e i servizi domiciliari” e contemporaneamente “richiedere l’elaborazione di uno studio di fattibilità per la realizzazione di un ospedale unico baricentrico tra Carpi e Mirandola”.

Gardini aveva però considerato non solo “l’inammissibilità del quesito referendario per incompetenza comunale sulla materia sanitaria” ma anche il fatto che “la delibera di cui si vuole ottenere l’abrogazione ha natura di atto di indirizzo del Consiglio comunale, dotato di un contenuto meramente politico, e quindi non può essere ascritta all’elenco degli atti amministrativi adottati da organi di governo del Comune, gli unici che possono essere oggetto di referendum abrogativo comunale”. Inoltre, aveva concluso il Difensore civico, “un quesito così formulato risulterebbe incomprensibile alla maggior parte degli elettori, i quali non condizione né sono tenuti a conoscere il contenuto di una delibera del Consiglio comunale richiamata solo nei suoi estremi di pubblicazione, ed impedirebbe pertanto l’esercizio consapevole del diritto di voto spettante ai cittadini”.

In quest'ultimo caso, invece, quello del percorso partecipativo, secondo Gardini solo in apparenza si fa riferimento all’ospedale, come invece avveniva nel primo quesito: “Oggetto dell’attuale richiesta di referendum non è tanto la materia ‘sanità’, quanto l’esercizio della potestà consultiva dell’ente locale”.

Infatti, spiega Gardini nell’articolazione del suo parere, “il riferimento del quesito all’ospedale di Mirandola non può considerarsi ostativo all’ammissibilità dell’istanza, posto che dal tenore letterale della formulazione emerge in modo evidente come l’oggetto della richiesta di referendum sia il percorso partecipativo che il Comune può adottare, in quanto soggetto istituzionale più vicino in assoluto al singolo cittadino, per contribuire a determinare linee di indirizzo su questioni che incidono sulla comunità locale”. E se da una parte, ragiona il Difensore civico, “la giurisprudenza della Consiglio di Stato limita l’ammissibilità della richiesta di referendum alle materie di esclusiva competenza comunale”, d’altronde “occorre attribuire al concetto di materia di esclusiva competenza comunale” una interpretazione costituzionalmente orientata, pena l’impossibilità di poter indire qualsiasi referendum consultivo comunale, con definitivo svuotamento dello strumento partecipativo”. E di sicuro, sostiene, “le funzioni di rappresentazione, monitoraggio, verifica e valutazione dei servizi sociali e socio-sanitari, riconosciute agli enti locali al fine di presidiare l’equità, l’efficacia e l’equilibrio della rete dei servizi erogati nel proprio ambito sono di competenza esclusiva comunale”.

Da ultimo, la richiesta di referendum consultivo appare ammissibile anche sotto il profilo della formulazione del quesito referendario, afferma Gardini, in quanto possiede i requisiti di “chiarezza e completezza” richiesti dalla giurisprudenza della Corte costituzionale per l’ammissibilità.

 

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Il Difensore civico della Toscana ospite di Toscana Tv

Date of article: 11/05/2015

Daily News of: 11/05/2015

Country:  Italy - Tuscany

Author: Regional Ombudsman of Tuscany

Article language: it

Oggi alle 17,30 Lucia Franchini Difensore civico regionale sarà ospite del programma “Tua Toscana” trasmesso dall’emittente Toscana Tv per far conoscere il ruolo della Difesa civica. E’ il primo di una serie di appuntamenti che l’emittente televisiva dedicherà all’attività svolta dal Difensore civico regionale.
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