Unklare Kriterien für Uni-Zulassung

Date of article: 30/04/2015

Daily News of: 30/04/2015

Country:  Austria

Author: Austrian Ombudsman Board

Article language: de

Wegen einer besonderen Nahebeziehung zu Österreich sind bestimmte Gruppen auf Grundlage einer Personengruppenverordnung des Wissenschaftsministeriums vom Nachweis der besonderen Universitätsreife ausgenommen. Befreit sind demnach etwa die Kinder von Diplomatinnen und Diplomaten, Absolventinnen und Absolventen österreichischer Auslandsschulen, anerkannte Flüchtlinge und Personen, die wenigsten fünf Jahre vor der Antragstellung auf Studienzulassung den „Mittelpunkt ihrer Lebensinteressen“ in Österreich hatten.

Ein ausländischer Staatsbürger wandte sich an die Volksanwaltschaft, da er von der Universität Wien nicht zum gewählten Studium zugelassen wurde, obwohl er bereits länger als fünf Jahre in Österreich lebte und hier den Mittelpunkt seiner Lebensinteressen hatte. Im Zuge des vom zuständigen Volksanwalt Dr. Fichtenbauer eingeleiteten Prüfverfahrens zeigte sich, dass die Universität Wien den Mittelpunkt der Lebensinteressen ausschließlich anhand der Kriterien des ununterbrochenen Hauptwohnsitzes in Österreich und der durchgängigen Sozialversicherung vor der Antragstellung auf Zulassung beurteilte. Diese Kriterien waren aber aus Sicht der Volksanwaltschaft zu eng gefasst und entsprachen auch nicht einer Bezug habenden Empfehlung des Wissenschaftsministeriums.

Die Verweigerung der Zulassung war im konkreten Fall letztlich nicht zu beanstanden. Die Volksanwaltschaft konnte aber eine Änderung und mehr Transparenz in der Praxis der Universität Wien erreichen. Neben der Meldebestätigung über mindestens 5 Jahre und allfälligen Belegen über die Bestreitung des Lebensunterhalts wird nunmehr für die Frage des Mittelpunkts der Lebensinteressen auch das Lebensumfeld der Betroffenen (z.B. Studienerfolg in bereits betriebenen Studien, familiäre Bindungen etc.) auf Grundlage eines von der Universität Wien erstellten Kriterienkatalogs herangezogen.

 

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Recomendaciones del Defensor del Pueblo Andaluz a las Urgencias Hospitalarias

Date of article: 30/04/2015

Daily News of: 30/04/2015

Country:  Spain - Andalucía

Author: Regional Ombudsman of Andalucía

Article language: es

En enero de 2015 se publicó el resultado del Estudio Conjunto sobre las Urgencias Hospitalarias realizado por todas las Defensorías del Pueblo de España. En dicho Estudio, partiendo de un análisis pormenorizado de la situación actual de los servicios de urgencia hospitalaria en España, se incluían una serie de conclusiones sobre sus debilidades y fortalezas, y se propugnaban diversas medidas para mejorar el servicio prestado por los mismos y adecuarlos a las necesidades reales de la población.


El Defensor del Pueblo Andaluz, que colaboró de forma destacada en la elaboración de dicho Estudio, traslada ahora a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía un conjunto de Recomendaciones extraídas de dicho Estudio Conjunto y especialmente adaptadas a la realidad de los servicios de urgencia hospitalarios existentes en Andalucía.

RECOMENDACIÓN 1.- Evaluar el mapa de los servicios de urgencia extrahospitalarios, potenciando su estructura material y de recursos humanos y ampliando el número de centros con actividad 24 horas al día, cuando así se derive del estudio efectuado. En el marco de esta evaluación, formalizar protocolos conjuntos de derivación y atención a la patología urgente en los diferentes niveles asistenciales y ejecutar programas de información que estimulen la utilización de los servicios de urgencia del ámbito de atención primaria en supuestos de carácter menos grave.


RECOMENDACIÓN 2.- Utilizar en la planificación y ejecución de obras en los servicios hospitalarios de urgencia, los estándares de diseño arquitectónico y funcional nacionales e internacionales con un mayor nivel de consenso. Garantizar la participación de los profesionales de urgencias y de los pacientes en dichos procesos.

RECOMENDACIÓN 3.- Garantizar la dotación suficiente de las plantillas, en todos los turnos y días de la semana, tanto de médicos de urgencia, al margen de la actividad asistencial que puedan realizar los médicos internos residentes, como de procesionales de enfermería con experiencia y de trabajo social.

RECOMENDACIÓN 4.- Realizar auditorías de estructura y funcionamiento enfocadas a la salvaguarda de la autonomía de la voluntad y la dignidad e intimidad de los pacientes y las necesidades específicas de cada grupo especial de éstos (menores de edad, personas con discapacidad, personas en custodia, etc.). Impulsar programas de formación continuada y la participación de los Comités de Ética Asistencial sobre la autonomía de la voluntad de las personas y la dignidad e intimidad de los pacientes.

RECOMENDACIÓN 5.- Agilizar la salida de los pacientes de los servicios de urgencia una vez finalizada su atención, no solo a través del establecimiento de prioridades orientadas a la optimización de la gestión de camas, sino también mediante la planificación de medidas alternativas a la hospitalización convencional. Incorporar a estos efectos el criterio de los servicios de urgencia y sus previsiones en cuanto a demanda asistencial.

RECOMENDACIÓN 6.- Evaluar la elevada frecuentación en los servicios hospitalarios de urgencia mediante la definición de perfiles de pacientes con enfermedades crónicas pluripatológicas no agudizadas y otros colectivos vulnerables que hacen mayor uso de los mismos, con el fin de adoptar medidas para reconducir su atención hacia otros ámbitos sanitarios más idóneos.

RECOMENDACIÓN 7.- Priorizar la atención y facilitar el acompañamiento por familiares o allegados de personas en situación de fragilidad en los servicios de urgencia, especialmente menores de edad, mayores con déficit cognitivo y personas con enfermedad mental o grave discapacidad. Dotar a las plantillas de los servicios de urgencia de profesionales con formación específica en la atención y el trato asistencial.

RECOMENDACIÓN 8.- Elaborar protocolos de atención en los servicios de urgencia de personas en situación de riesgo social, que hagan hincapié en la atención de sus problemas de salud y aseguren la continuidad asistencial hasta la recuperación o mejora de sus patologías.

RECOMENDACIÓN 9.- Considerar específicamente el proceso asistencial que se desarrolla en los servicios de urgencia de los hospitales dentro de la Estrategia de Seguridad, e impulsar la periódica actualización de los protocolos o guías clínicas de aplicación en los servicios de urgencia, evaluando regularmente la adherencia de los profesionales a estos instrumentos.

RECOMENDACIÓN 10.- Establecer la obligatoriedad de que los servicios de urgencia de los hospitales deban someterse a procesos de acreditación de calidad o, al menos, introducir medidas que incentiven tal objetivo; así como incorporar la opinión de los pacientes a través de sus representantes en estos procedimientos.

RECOMENDACIÓN 11.- Adaptar los procedimientos de gestión y resolución de las reclamaciones y sugerencias para incorporar la participación de los pacientes y de los profesionales implicados, eliminar las fórmulas estandarizadas de respuesta y promover el uso de un lenguaje más comprensible para el ciudadano medio.

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El Justicia de Aragón pide a la DGA más facilidades para solicitar las ayudas escolares del próximo curso

Date of article: 30/04/2015

Daily News of: 30/04/2015

Country:  Spain - Aragón

Author: Regional Ombudsman of Aragón

Article language: es

El Justicia de Aragón Fernando García Vicente, se ha dirigido esta mañana al Departamento de Educación de la Administración autonómica para que estudie la posibilidad de ampliar el plazo de 10 días previsto por la convocatoria para solicitar becas de comedor y material curricular, por considerarlo muy ajustado para aquellas familias que tengan que reunir la documentación exigida para justificar el cumplimiento de determinados requisitos.

El Justicia también cree que se debería facilitar otro cauce para presentar las peticiones de ayuda, al margen de la vía telemática, teniendo en cuenta la situación socioeconómica de las familias a quienes van dirigidas estas ayudas, y a que es muy posible que no dispongan de medios para acceder a Internet o imprimir ficheros pdf.

En su escrito a la Administración, el Justicia de Aragón califica positivamente que la Administración educativa aragonesa haya anticipado la convocatoria, porque de esa manera se facilita que todos los expedientes estén resueltos antes del comienzo del próximo curso, y que se haya incrementado la partida de las becas de comedor.

Por otro lado, en sugerencias a la Administración a propósito de convocatorias anteriores, el Justicia de Aragón se ha pronunciado a favor de revisar al alza el límite de renta fijado por considerarlo muy ajustado, analizar de forma individualizada cada caso para conceder el 100% de la ayuda solicitada a familias en situación extrema, permitir aportar documentación que acredite el empeoramiento de la situación familiar con respecto a la fecha de la renta exigida y a que se notifique, motivadamente y con prontitud, las resoluciones de desestimación.

Todas las sugerencias están publicadas en la web www.eljusticiadearagon.es 

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Se elimina la discriminación entre empadronados y no empadronados en las cuotas del coto de caza

Date of article: 30/04/2015

Daily News of: 30/04/2015

Country:  Spain - Aragón

Author: Regional Ombudsman of Aragón

Article language: es

El Ayuntamiento de la localidad zaragozana de Villalba del Perejil eliminará la discriminación entre empadronados y no empadronados en la fijación de las cuotas del coto de caza municipal gestionado por dicho consistorio, tal y como le había sugerido el Justicia de Aragón recientemente.

En respuesta a la queja de un grupo de cazadores, la Institución advirtió al Ayuntamiento que dicha discriminación no se ajustaba a la legalidad puesto que el empadronamiento en un municipio carece de relevancia a efectos del aprovechamiento de la caza y no confiere especiales derechos en este sentido, según la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
Por el contrario, el establecimiento de las cuotas debe acomodarse a las categorías de cazadores legalmente establecidas, que según la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón son: cazador local, comunitario, nacional y de terceros países.

El Justicia agradece la colaboración del Ayuntamiento de Villalba de Perejil y su voluntad de mejorar los servicios que presta a sus ciudadanos

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xxxiv semana cultural del centro extremeño de santurce

Date of article: 30/04/2015

Daily News of: 30/04/2015

Country:  Spain - Basque Country

Author: Regional Ombudsman of the Basque Country

Article language: es

Santurce

La ararteko en funciones Julia Hernández será la pregonera de la XXXIV Semana Cultural organizada por el centro extremeño de Santurce.

La lectura del pregón tendrá lugar mañana viernes en un acto al que está prevista la asistencia de representantes de varias asociaciones, así como del Ayuntamiento de Santurce.

En su intervención, la ararteko en funciones hablará de esta institución de garantía y de defensa de los derechos de las personas, de sus funciones, de cómo atiende las quejas y demandas de la ciudadanía, de los diagnósticos que realiza sobre las políticas públicas de las administraciones vascas, etc.

También hará una referencia a aquellos extremeños y extremeñas que hace unas décadas tuvieron que abandonar su tierra en busca de un futuro mejor y muchos de ellos echaron raíces en Santurce. Y recordará, también, a otros emigrantes, a las últimas víctimas que se ha cobrado el mar Mediterráneo.

Vitoria-Gasteiz, 30 de abril de 2015

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