Penalisation of torture in Polish law

Date of article: 15/01/2016

Daily News of: 15/01/2016

Country:  Poland

Author: Polish Ombudsman

Article language: en

Under Secretary of State at the Ministry of Justice Łukasz Piebiak responded to a letter of the Commissioner for Human Rights dr. Adam Bodnar dated 27 October 2015 regarding  the issue of penalisation of torture in Polish law (ref. II.071.4.2015.ED):

 

“ I kindly inform you that in the assessment of the Minister of Justice, the current penal regulations in this area are sufficient for the implementation of Poland's international commitments.

In Polish law crimes include: violation of bodily integrity (art. 217 §1 k.k.), illegal threats (art. 190 §1 k.k.), use of force or illegal threats to with the purpose of compelling another person to conduct himself in a specified manner (art. 191 §1 k.k.), abuse of power by a public official (art. 231 §1 k.k.), causing grievous bodily harm (art. 156 and 157 k.k.), mistreatment of person in state of dependence (art. 207 §1 k.k.).

Circumstances within the Conventional definition of torture may also be qualified under art. 245-247 k.k., i.e. as using violence or unlawful threats with a purpose of influencing a witness, expert witness, or the accused (art. 245), using force or unlawful threats for the purpose of obtaining specific testimony, explanations, information or a statement (art. 246) or tormenting either physically or psychologically a person deprived of liberty (art. 247).

Abuse of power by an official, possibly also a violation of bodily integrity, will include torture consisting in:

1)            ineffectual physical influence (e.g. waterboarding),

2)            psychological influence that does not constitute an unlawful threat (e.g. false information about the death of a loved one), if they do not apply to a person deprived of liberty (art.247 k.k.) or they are not used in order to obtain specific testimony, explanations, information or statements (art. 246 k.k.), or to influence sources of evidence (art. 245 k.k.), therefore when they are committed e.g. in order to punish a person remaining free, or to intimidate, exert pressure or for any other reason based on discrimination (torture can be committed under the conditions of art. 57a k.k.).

The definition of torture from art. 1 of the Convention is therefore fully reflected in Polish law, although, due to its extensiveness and complicated nature, the relevant provisions are located in different parts of the penal Code, depending on the type of infringed rights. Accordingly, the possible introduction into the Criminal Code of the definition of torture contained in the Convention would be of no significance for the protection of human rights in Poland – it would be a mere repetition of provision already existing in Polish law. In addition, the adoption of the full definition of torture as attributes of only one crime would violate the accepted principles of classification of Polish penal law, according to which criminal activities are categorised according to the types of violations of legally protected rights of an individual.”

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El Defensor del Pueblo se interesa por la española presa en Colombia y sus cuatro hijos

Date of article: 15/01/2016

Daily News of: 15/01/2016

Country:  Spain

Author: National Ombudsman of Spain

Article language: es

El Defensor del Pueblo de España realiza gestiones con el Ministerio de Asuntos Exteriores y con el Defensor del Pueblo de Colombia para tratar de resolver la situación de la joven española que se encuentra presa en Medellín (Colombia) junto a sus cuatro hijos.

La española, cuyo estado de salud es precario, fue condenada a diez años de prisión por narcotráfico, cumplió un año en prisión y el resto debe cumplirlo en arresto domiciliario.

Tras conocer el caso a través de la Fundación + 34, la Institución pidió información a la Subdirección General de Protección y Asistencia Consular sobre la posibilidad de trasladar a la joven para que acabe de cumplir su condena en España y para que sus hijos, de edades comprendidas entre los 11 y los 5 años, puedan residir con su abuela materna.

La Institución ha hablado esta misma semana con la madre de la joven para comunicarle todos los detalles de las gestiones realizadas.

El Defensor del Pueblo también se ha puesto en contacto con su homólogo colombiano, a quien ha pedido que asista a la ciudadana española y a sus hijos mientras se resuelve su vuelta a España.

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El Síndic alerta al nuevo Gobierno de los indicadores de las deficiencias y los retos de las políticas públicas

Date of article: 15/01/2016

Daily News of: 15/01/2016

Country:  Spain - Catalonia

Author: Regional Ombudsman of Catalonia

Article language: es

Avance de datos - Informe 2015 del Síndic de Greuges

La institución ha iniciado más de 23.000 actuaciones (12.278 consultas, 10.647 quejas y 205 actuaciones de oficio)

 

Más de un 30% de las quejas y actuaciones de oficio iniciadas a lo largo del año 2015 corresponden a temas propios de las políticas sociales, y cerca del 25%, a consumo
 

El elevado porcentaje de soluciones aceptadas muestra una buena colaboración con el Síndic de los organismos supervisados
 

En los últimos diez años (2006-2015) el Síndic ha doblado las quejas, que han pasado de 5.150 a 10.647

 

El Síndic de Greuges ha presentado un avance del Informe anual correspondiente a la actividad desempeñada por la institución durante el año 2015. Rafael Ribó ha revelado los datos más destacados y los pondrá a disposición del nuevo Gobierno catalán, así como toda la información y conocimientos de la institución, como indicadores de las problemáticas detectadas durante el año 2015.

Ribó considera que la actividad del Síndic, como por ejemplo las características entorno a las quejas recibidas y las actuaciones de oficio abiertas, pueden ilustrar algunas deficiencias de las administraciones en Cataluña y ayudar a la hora de afrontar los retos y el diseño de las políticas públicas en esta nueva etapa que ahora comienza.

En el año 2015 se ha producido un incremento del 9,9% en el número de quejas respecto a las recibidas en el año 2014, que a su vez también había crecido respecto al año anterior. Por primera vez, superan las 10.000 quejas recibidas en un año. De hecho, la serie histórica refleja que, en los últimos diez años (2006-2015), las quejas han crecido más de un 100%.

En total, la institución ha iniciado más de 23.000 actuaciones  (12.278 consultas, 10.647 quejas y 205 actuaciones de oficio).

Más de un 30% de las quejas y actuaciones de oficio iniciadas por el Síndic a lo largo del año 2015 corresponden a temas propios de las políticas sociales. Es un porcentaje similar al del año anterior, y sigue la dinámica de los últimos ejercicios, en que los derechos sociales han sido los principales protagonistas de las actuaciones del Síndic.

El segundo grupo de materias, en lo que atañe al volumen de quejas y actuaciones de oficio, ha sido el relacionado con el área de consumo, que por primera vez supera a ámbitos más tradicionales del Sín­dic como el procedimiento administrativo o las políticas territoriales.

El número de casos en que la Administración o la empresa destinataria de la queja acepta de manera total o parcial las sugerencias que el Síndic le formula es muy elevado. De todos los casos finalizados en que el Síndic ha propuesto una o varias recomenda­ciones, en un 98,4% éstas han sido acep­tadas.

El tiempo de tramitación de las quejas y actuaciones de oficio en los expedientes finalizados en el año 2015 (132,6 días) ha disminuido ligeramente respecto al año 2014 (136,9). Sin embargo, el Síndic mantiene su compromiso de mejorar los procedimientos para poder ser aún más ágil en la tramitación.

La oficina del Síndic ha realizado 113 desplazamientos a lo largo del año 2015. En estos desplazamientos ha recibido 1.446 visitas de per­sonas, entidades y representantes de las admi­nistraciones, que han presentado 1.015 quejas y han hecho 529 consultas.­

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