102/2016 : 20 September 2016 - Judgments of the Court of Justice in Cases C-8/15 P, C-9/15 P, C-10/15 P, C-105/15 P, C-106/15 P, C-107/15 P, C-108/15 P, C-109/15 P

Date of article: 20/09/2016

Daily News of: 20/09/2016

Country:  EUROPE

Author:

Article language: en

Ledra Advertising v Commission and ECB
Economic policy
The Court of Justice confirms the dismissal of the actions for annulment and dismisses on the merits the actions for compensation concerning the restructuring of the Cypriot banking sector

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Mieterhöhung von über 1000 % am Wallersee

Date of article: 19/09/2016

Daily News of: 19/09/2016

Country:  Austria

Author:

Article language: de

Jahrelang steckten die Betroffenen viel Arbeit in die Nutzbarmachung der Seeuferstreifen, die sie vom Land gemietet hatten. Auch die Kosten für den Bau einer Kanal- und Wasserleitung wurden von den Mietern übernommen. Einige haben zudem die Privatgründe gekauft, die sich direkt hinter den angemieteten Uferstücken befinden, um überhaupt Zugang zu den Mietgründen zu erhalten. Diese Privatgründe liegen...
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El Justicia pide más apoyo a la escolarización combinada para menores con necesidades especiales

Date of article: 16/09/2016

Daily News of: 19/09/2016

Country:  Spain - Aragon

Author:

Article language: es

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha hecho pública hoy una Sugerencia en la que pide al Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la DGA que adopte las medidas oportunas para facilitar la escolarización combinada a todo el alumnado susceptible de beneficiarse de dicha modalidad.

 

La Sugerencia del Justicia responde a la preocupación manifestada ante el titular de la Institución por varias asociaciones que desarrollan su actividad en apoyo a las personas con discapacidad y sus familias, en lo referente a la educación de los menores en un entorno inclusivo y al mismo tiempo adaptado a las necesidades especiales que presenten.

 

La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, impone a las Administraciones educativas esta obligación que, en Aragón, se concreta mediante la modalidad de escolarización combinada  que permite conjugar la escolarización de un alumno con necesidades educativas especiales entre un Centro ordinario y un Centro o unidad de Educación Especial, en función del grado de necesidad específica de apoyo educativo que el alumno precise.

 

Esta fórmula podrá proponerse cuando el alumno curse las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de la Educación Infantil, a la Educación Primaria y a la Educación Secundaria Obligatoria, a instancias del director del centro donde el alumno esté escolarizado, previos los informes psicopedagógicos oportunos.

 

Pese a que la normativa de aplicación prevé esta modalidad de escolarización combinada también en la ESO, la información de la que dispone la Institución es que su desarrollo es muy escaso, con la consecuencia de que los niños que son cambiados de colegios de integración a colegios de educación especial a los 12 años sufren un retroceso en los logros conseguidos derivado de las dificultades de adaptación.

 

Para evitar estas situaciones, Fernando García Vicente sugiere promover la fórmula de escolarización combinada atendiendo a las condiciones personales del alumno y a la respuesta que los Centros escolares puedan ofrecer para facilitar su desarrollo integral.

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El Síndic defiende el derecho al descanso de los vecinos de la Part Alta de Tarragona durante las fiestas mayores de la ciudad

Date of article: 16/09/2016

Daily News of: 19/09/2016

Country:  Spain - Catalonia

Author:

Article language: es

Actualidad: noticias y notas de prensa

El Síndic defiende el derecho al descanso de los vecinos de la Part Alta de Tarragona durante las fiestas mayores de la ciudad

16/09/2016

Recomienda al Ayuntamiento que analice el impacto acústico de las actividades que autoriza en la zona
 

Una integrante de la Asociación Farts de Soroll presentó una queja acompañada de más de 230 firmas de apoyo
 

Solicita información sobre las medidas previstas para minimizar las molestias y a posteriori sobre las que se hayan llevado a cabo 

Siguiendo el criterio expuesto en el Informe sobre ocio nocturno y convivencia ciudadana, presentado en el mes de junio de 2016 ante el Parlamento de Cataluña, el Síndic ha emitido una resolución donde defiende el derecho al descanso frente a las molestias acústicas ocasionadas por actividades nocturnas de índole festiva. En este caso, los afectados son los vecinos de la Part Alta de Tarragona, que cada año durante las celebraciones de las fiestas mayores de Santa Tecla y de Sant Magí sufren las consecuencias acústicas.

Rafael Ribó ha recomendado al Ayuntamiento que analice detenidamente el impacto acústico de las actividades extraordinarias que autoriza en esta zona y que le informe acerca de las actuaciones concretas que finalmente lleve a cabo para minimizar las molestias a los vecinos, así como del resultado. Previamente el Ayuntamiento había explicado al Síndic que estaban considerando diversas posibles medidas, como la limitación horaria de las actividades y la supervisión estricta de la Guardia Urbana para asegurar el cumplimiento de estos horarios.

También le comunicó que estaban estudiando la posibilidade de ir redistribuyendo progresivamente las actividades a otras zonas de la ciudad y que contemplaban la opción de realizar reuniones previas con los organizadores de las actividades para acordar la ubicación y el volumen de los altavoces.

Los interesados se dirigieron al Síndic por medio de la queja de una vecina afectada, miembro de la Asociación Farts de Soroll, quien adjuntó 230 firmas de apoyo. El problema que exponían es que durante las fiestas mayores, la mayoría de actos se concentran en el barrio de la Part Alta, en calles habitadas, al aire libre y con un volumen de ruido muy elevado, sobretodo durante las noches.

Como ya recoge el citado Informe monográfico sobre esta problemática el Síndic considera que tan legítimo es querer disfrutar de las fiestas mayores como querer descansar en el domicilio sin interferencias. Corresponde al Ayuntamiento intentar compatibilizar el derecho al descanso, y a la inviolabilidad del domicilio, con la realización de actos festivos con motivo de la fiesta mayor.

El Informe también destaca que el derecho al medio ambiente adecuado implica el derecho a vivir sin ruido. Para dar cumplimiento a este derecho, considera que la Administración debe adoptar un papel más activo y contundente. Es necesario que lleve a cabo una actuación inspectora continuada i eficaz para detectar los focos problemáticos con agilidad y para que no se cronifiquen las molestias. También recomienda que se adopten medidas que no impliquen únicamente sancionar.

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