El Síndic analiza la independencia del poder judicial y recomienda que no se instrumentalice para resolver conflictos políticos

Date of article: 28/04/2017

Daily News of: 28/04/2017

Country:  Spain - Catalonia

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Informe Retrocesos en materia de derechos humanos: libertad de expresión de los cargos electos y separación de poderes en el Reino de España

Recomienda que se dé cumplimiento a los pronunciamientos internacionales sobre la partidización de la justicia y la separación de poderes del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO), de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa y del relator de las Naciones Unidas, entre otros.

Defiende que las medidas penales por conflictos políticos contra cargos electos se limiten a situaciones de violencia o VERDADERO riesgo para la integridad del Estado y que se evite judicializar la política.

Constata que la Sentencia 42/2014 del Tribunal Constitucional significó el punto de partida a la hora de atribuir efectos jurídicos a una resolución parlamentaria de impulso político, en un cambio jurisprudencial que ha permitido la presentación de querellas criminales contra la presidenta del Parlamento y otros miembros de la Mesa.

Alerta de que el abuso del derecho penal en la esfera social y política, como en el caso de los titiriteros o en el de Cassandra en las redes sociales, conlleva una agresión a la libertad de expresión y una regresión del derecho a ejercerla.

Recuerda que el relator especial de la ONU evidencia que el Estado español no ha afrontado el pasado ni ha hecho justicia suficiente en materia de memoria democrática.

El Síndic de Greuges ha presentado este viernes 28 de abril en el Parlamento de Cataluña el informe monográfico Retrocesos en materia de derechos humanos: libertad de expresión de los cargos electos y separación de poderes en el Reino de España. El documento responde al mandato que le corresponde en cuanto la defensa de los derechos y las libertades en Cataluña y se centra en una serie de retrocesos democráticos y de derechos que ya se habían venido anunciando en los informes anuales de los años 2014, 2015 y 2016 y en otros informes monográficos. A pesar de que este informe no se puede considerar consecuencia directa de la Moción del Parlamento del pasado 30 de marzo, sí que da respuesta a cuestiones que se plantean.

Para la elaboración de este estudio el Síndic ha contado con la colaboración del Instituto de Derechos Humanos de Cataluña y con las contribuciones singulares de los profesores Joan Queralt y Joan Vintró de la Universidad de Barcelona, y puntuales de José Maria Mena, ex fiscal jefe de Cataluña.

El informe afirma que en España se detectan regresiones democráticas que afectan a los derechos y las libertades fundamentales reconocidas tanto en el marco jurídico estatal como en el internacional, y que tienen una incidencia especial en Cataluña. Los pronunciamientos de alerta por estos retrocesos, impropios de un estado de derecho, han traspasado el ámbito estatal y han llegado a organismos internacionales, como el GRECO, la Comisión de Venecia y el relator de las Naciones Unidas, que han pedido reformas para garantizar la separación de poderes.

El informe denuncia la instrumentalización del poder judicial por parte del Gobierno español, especialmente evidente frente al conflicto político de los últimos años con las instituciones catalanas. En este sentido, recomienda que se vuelva a la jurisprudencia constitucional tradicional anterior a la Sentencia 42/2014 del Tribunal Constitucional, en que las resoluciones parlamentarias de impulso político no tenían efectos jurídicos y no eran impugnables jurisdiccionalmente. Es la nueva interpretación del TC la que ha permitido imputar penalmente a la presidenta y parte de la Mesa del Parlamento de Cataluña.

A partir de aquí, se destaca que la reforma del Tribunal Constitucional impulsada en el año 2015 por el Partido Popular se ha convertido en uno de los máximos exponentes de la desdibujada separación entre poderes en España, puesto que otorga potestad sancionadora al TC. Esta fórmula es prácticamente desconocida en derecho comparado, tal y como ha puesto de manifiesto la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, la cual ha criticado con claridad que el TC pueda llegar a decidir la separación de cargos electos.

En opinión del Síndic, la influencia que tiene el ejecutivo sobre la Fiscalía también se ha puesto de manifiesto en los procedimientos judiciales dirigidos contra políticos por actos realizados en el ejercicio de sus funciones y que han conllevado la imputación y condena del ex presidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas y tres de sus consejeros.

En cuanto a las iniciativas penales contra cargos electos vinculados al delito de desobediencia y la libertad de expresión, como es el caso del regidor de Vic, Joan Coma, la alcaldesa de Berga, Montserrat Venturós, y diversos regidores del Ayuntamiento de Badalona, el Síndic propone buscar interpretaciones posibles orientadas a evitar el recurso a la vía penal. Las medidas contra personas individuales, especialmente cuando ocupan un cargo electo, se deberían limitar tanto como fuera posible a escenarios de violencia, tumultos y, en general, a un VERDADERO riesgo para la integridad del Estado. Además, defiende la posibilidad de establecer que los imputados que voluntariamente no quieran comparecer puedan notificarlo al juzgado, de manera que este pueda continuar con las actuaciones y la instrucción sin necesidad de practicar una detención.

Frente a hechos como la revelación de conversaciones con contenido conspirador entre el entonces ministro del Interior y el anterior director de la Oficina Antifraude de Cataluña, tema sobre el que el Síndic abrió una actuación de oficio, recomienda que el Gobierno y las instituciones del Estado adopten todas las medidas para investigar lo sucedido, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan en el ámbito político y penal.

En cuanto a las interferencias y deficiencias en los procesos electorales de 2012 y 2015, que afectaban gravemente al derecho de voto, Rafael Ribó considera que deben tener una respuesta adecuada por parte de los órganos competentes (Fiscalía y juntas electorales, según el caso).

También se hace referencia al Informe del relator especial de la ONU, Pablo de Greiff, sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no-repetición, en que constata que el Estado español no ha afrontado el pasado ni ha hecho la justicia suficiente en materia de memoria democrática.

Según de Greiff, los vacíos más grandes se manifiestan en cuanto a la verdad y la justicia. "No se estableció nunca una política de estado en materia de verdad, no hay información oficial, ni mecanismos para aclarar la verdad". En este sentido, el Estado debe mostrar un compromiso decidido para dar plena vigencia a los derechos de las víctimas de violaciones manifiestas de normas internacionales de derechos humanos.

El informe presentado por el Síndic también denuncia el abuso de la vía penal en supuestos casos de delitos de incitación a la violencia y al odio o por hacer ensalzamiento del terrorismo. En cuanto a este último supuesto, el Síndic expone ejemplos como el de los titiriteros de Madrid o el de la tuitera  Cassandra, condenada por hacer chistes del atentado en que murió Carrero Blanco. Según el Síndic, es necesario revisar la legislación vigente y la doctrina jurisprudencial para conseguir un perfecto equilibrio, con una especial atención a las redes sociales, entre los delitos de odio y ensalzamiento del terrorismo y la libertad de expresión.

El documento también manifiesta que el aparente deterioro de la calidad democrática no es privativo de las instituciones del Estado. Así, a principios de 2017 el Síndic ha abierto dos actuaciones de oficio a raíz de las declaraciones, como mínimo desafortunadas, de cargos políticos catalanes en que se insinuaba que el Gobierno disponía de datos personales de la ciudadanía o se animaba a los funcionarios a dar apoyo al ex-presidente Mas.

El informe se ha elevado al Parlamento de Cataluña con la solicitud que se debata en el Pleno. También al comisario europeo de Derechos Humanos, al Defensor del Pueblo, a los ejecutivos de la Administración central del Estado y de Cataluña y al Congreso de los Diputados, entre otros.

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Beschwerdestelle in der Kinder- und Jugendhilfe in Rheinland-Pfalz startet zum 1.Mai 2017

Date of article: 24/04/2017

Daily News of: 28/04/2017

Country:  Germany - Rhineland-Palatinate

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„Wir wollen Kindern und Jugendlichen in Rheinland-Pfalz eine Stimme geben“, so Bürgerbeauftragter Dieter Burgard. Nach der Landtagswahl 2016 haben SPD, FDP und BÜNDNIS 90/DIE GRÜNEN in der Koalitionsvereinbarung für die Jahre 2016 bis 2021 die Einrichtung einer Ombudsstelle für die Kinder- und Jugendhilfe festgehalten. Rheinland-Pfalz wird als zweites Flächenland die Aufgabe einer Ombudschaft für die Kinder- und Jugendhilfe beim Bürgerbeauftragten ansiedeln. Kinder, Jugendliche und ihre Eltern erhalten die Möglichkeit, sich niedrigschwellig an eine unabhängige Institution zu wenden. Für uns ist das auch die Konsequenz aus der Aufarbeitung der Heimerziehung der 50er und 60er Jahre des letzten Jahrtausends. Der Bürgerbeauftragte ist eine Institution beim Landtag, die seit 1974 von über 130.000 Bürgerinnen und Bürgern genutzt wurde.

In einem dreijährigen Modellvorhaben soll überprüft werden, ob die Struktur angenommen wird und die beabsichtigten Ziele – Information, Unterstützung und Vermittlung im Kontext der Kinder- und Jugendhilfe – erreicht wurden. „Unsere Ziele sind junge Menschen bei der Wahrnehmung und Realisierung ihrer Rechte zu unterstützen und Ihnen bei Problemen im Rahmen der Hilfen zur Erziehung zur Seite zu stehen“, so Burgard. Hierzu zählen stationäre und ambulante Hilfen zur Erziehung, auch die Eingliederungshilfe für seelisch behinderte Kinder und Jugendliche, die Vollzeitpflege, Hilfe für junge Volljährige sowie die Hilfe in gemeinsamen Wohnformen für Mütter/Väter und Kinder.

„Ich freue mich, dass die Beschwerdestelle jetzt ihre Arbeit aufnimmt. Kinder und Jugendliche, die Unterstützung durch Hilfen zur Erziehung brauchen, können sich künftig an den Bürgerbeauftragten wenden. Dies ist besonders wichtig für Kinder und Jugendliche, die nicht bei ihrer Familie leben können und daher ganz besonders darauf angewiesen sind, sich an jemanden außerhalb der Unterbringung wenden zu können, wenn sie etwa das Gefühl haben, dass es Probleme mit dem Betreuungspersonal gibt“ so Ministerin Spiegel. „Ich bin überzeugt davon, dass die Ombudsstelle des Bürgerbeauftragten das Vertrauen in die Jugendämter und die Zusammenarbeit im Hilfesystem stärken wird. Mit der Möglichkeit, sich mit Beschwerden an eine neutrale Stelle zu wenden, geht Rheinland-Pfalz hier bundesweit voran. Damit setzen wir auch ein klares Signal zur Umsetzung der in der UN-Kinderrechtskonvention geregelten Beteiligungsrechte von Kindern und Jugendlichen.“

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41/2017 : 27. April 2017 - Schlußanträge des Generalanwaltes in den verbundenen Rechtsachen C-168/16, C-169/16

Date of article: 28/04/2017

Daily News of: 28/04/2017

Country:  EUROPE

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Nogueira u.a.
Raum der Freiheit, der Sicherheit und des Rechts
Nach Ansicht von Generalanwalt Saugmandsgaard Øe ist für Streitigkeiten in Bezug auf die Verträge von Stewardessen und Stewards das Gericht des Ortes zuständig, "an dem oder von dem aus" sie ihre Verpflichtungen gegenüber ihrem Arbeitgeber hauptsächlich erfüllen

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42/2017 : 27 de julio de 2017 - Conclusiones del Abogado general en el asunto C-186/16

Date of article: 28/04/2017

Daily News of: 28/04/2017

Country:  EUROPE

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Article language: es

Andriciuc y otros
Aproximación de las legislaciones
Según el Abogado General Wahl, la cláusula de un contrato de préstamo que establece la devolución de la suma prestada en la divisa extranjera en la que se concedió el préstamo no constituye necesariamente una cláusula abusiva

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