El Diputado del Común impulsa mejoras para el estudio del acogimiento familiar
Date of article: 04/05/2018
Daily News of: 04/05/2018
Country:
Spain
- Canary Islands
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Article language: es
Durante el 2017, el Síndic de Greuges llevó a cabo un total de 30.136 actuaciones en defensa de los derechos de la ciudadanía, de las cuales 17.544 corresponden a quejas tramitadas por la institución (17.505 quejas de parte y 39 quejas de oficio) y 12.592 a consultas atendidas por su Oficina de Atención Ciudadana. Durante ese periodo, el Síndic dictó 6.476 resoluciones para mejorar las actuaciones y el servicio ofrecido por la Administración local y autonómica.
Así lo recoge el Informe Anual 2017 de la institución que José Cholbi ha entregado hoy al president de Les Corts Valencianes, Enric Morera y que posteriormente ha dado a conocer a los medios de comunicación.
| Quejas | % | |
| Quejas presentadas por la ciudadanía | 17.505 | 58,09% |
| Quejas iniciadas de oficio | 39 | 0,13% |
| Consultas recibidas por la Oficina de Atención Ciudadana | 12.592 | 41,78% |
| Total | 30.136 | 100,00% |
| 2013 | 2014 | 2015 | 2016 | 2017 | |
| Quejas | 19.134 | 13.029 | 13.604 | 14.143 | 17.544 |
| Consultas atención ciudadana | 15.836 | 21.490 | 14.589 | 14.162 | 12.592 |
| TOTAL ACTUACIONES | 34.970 | 34.519 | 28.193 | 28.305 | 30.136 |
Evolución del trabajo del Síndic
Otro dato a destacar del documento es el importante grado de aceptación por parte de las administraciones públicas a las recomendaciones o sugerencias dictadas por el Síndic de Greuges durante el 2017, ya que de un total de 6.290 resoluciones respondidas al tiempo de redactar el presente Informe, se han aceptado 5.803, lo que supone un grado de aceptación de 92,3%.
| Recomendaciones y sugerencias emitidas | 6.476 |
| Recomendaciones y sugerencias respondidas | 6.290 |
| Recomendaciones y sugerencias aceptadas | 5.803 |
| Recomendaciones y sugerencias no aceptadas | 454 |
| Recomendaciones y sugerencias parcialmente aceptadas | 33 |
En cuanto a la procedencia geográfica de las quejas presentadas, los datos son los siguientes: el 1,36% de las quejas proceden de la provincia de Castellón, el 35,99% de la provincia de Valencia y el 62,65% de la provincia de Alicante.
| Nº | % | |
| Provincia de Alicante | 10.863 | 62,65% |
| Provincia de Castellón | 235 | 1,36% |
| Provincia de Valencia | 6.241 | 35,99% |
| Total | 17.339 | 100,00% |
PRINCIPALES QUEJAS POR ÁREAS
El 59% de los problemas que ha investigado el Síndic en 2017 están relacionados con la prestación de servicios públicos básicos del Estado de Bienestar, es decir, con educación, sanidad, atención a la dependencia, servicios sociales, infancia, vivienda e igualdad.
Las principales materias sobre las que han tratado las quejas estudiadas por el Síndic en este último año son las siguientes:
- Educación con un total de 6.661 quejas, de ellas 5.765 corresponden a acciones colectivas por la supresión de unidades concertadas de bachillerato en centros de la Comunitat Valenciana y por la disconformidad con el nuevo modelo lingüístico educativo valenciano conocido por “plurilingüismo”.
También han llegado al Síndic las quejas por la atención deficitaria a menores con necesidades educativas especiales, ya sean por falta de profesionales de audición y lenguaje, de educadores o de profesionales de enfermería para proporcionar los apoyos específicos que requieren. Asimismo, también han llegado quejas por los problemas que plantean los límites de edad en la escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales. En cuanto a la educación infantil, las quejas más frecuentes son por la falta de personal para solventar los problemas de higiene en las aulas de 3 años.
- En materia de Medio Ambiente la institución tramitó un total de 2.891 quejas, siendo 1.322 de ellas por el tratamiento de aguas residuales en la Isla de Tabarca. También han sido muy habituales las quejas de contaminación acústica por el ocio nocturno, casales festeros, comportamiento incívico entre vecinos, ruidos de tráfico etc. Otras hacen referencia a problemas de acceso a la información medioambiental, tratamiento de emisiones tóxicas y residuos de industrias, el plan eólico, etc.
- En el área de Sanidad hemos recibido un total de 2.290 quejas, 1.183 de ellas corresponden a la actuación colectiva de padres de menores de edad que se quejaban por la falta de desfibriladores y otras medidas de atención a emergencias sanitarias en las instalaciones deportivas donde jugaban sus hijos. Otras quejas están relacionadas con las listas de espera sanitarias, acceso a técnicas de reproducción asistida, infraestructuras sanitarias, salud mental infanto-juvenil, los límites edad en los servicios de atención temprana a menores y responsabilidad patrimonial.
- El área de Tráfico acumula este año un total de 1.808 quejas, siendo 1.675 de ellas una acción colectiva por problemas en las avenidas Pérez Galdós y Giorgeta de Valencia.
- Las quejas relacionadas con la aplicación de ley de atención a la dependencia aumentan este año hasta las 937 quejas. Las más habituales se refieren a los retrasos en el reconocimiento de las prestaciones reconocidas en esta ley. Asimismo, hemos empezado a recibir quejas relacionadas con los retrasos en la grabación de solicitudes debido a las consecuencias negativas que tiene para los ciudadanos la discrepancia de fechas. También son frecuentes las quejas en materia de responsabilidad patrimonial por fallecimiento de solicitante de la declaración de dependencia una vez excedido el plazo legal para resolver su solicitud.
- En la materia de Servicios Locales constan un total de 937 quejas. La mayoría de ellas – 706 – son una acción colectiva por la ausencia de servicio público regular de transporte entre la isla de Tabarca y la península. El resto de quejas tienen que ver con el suministro de agua potable, la recogida de basura, el mantenimiento y ornato de vías públicas y espacios urbanos, el transporte municipal y la gestión de expedientes sancionadores.
- Las quejas de Empleo Público son un total de 338 y guardan relación con los derechos de empleados públicos, comisiones de servicio, integración de personas con discapacidad en la función pública, funcionarios interinos, bolsas de trabajo, etc.
- En Servicios Sociales hemos recibido 281 quejas sobre: retrasos en la valoración del grado de discapacidad, renta garantizada de ciudadanía, familias numerosas y monoparentales, familias de acogida, puntos de encuentro familiar, etc.
- Urbanismo acumula un total de 279 quejas sobre: acceso a la información urbanística, demoras en conceder permisos y licencias, obras ilegales, tramitación y aprobación de planes urbanísticos e instrumentos de ordenación, limpieza y conservación de solares etc.
- En el área de Régimen Jurídico hemos recibido 253 quejas que versan sobre: transparencia y participación ciudadana, buen gobierno, contratación, responsabilidad patrimonial, falta de acceso de información pública a concejales en la oposición, etc.
- En Hacienda Pública constan un total de 157 quejas sobre: tributos gestionados por ayuntamientos (IBI, plusvalía, tasa de basuras, etc.) y también impuestos gestionados por la hacienda autonómica (impuestos sobre transmisiones patrimoniales, impuestos sobre sucesiones y donaciones, etc.).
- En relación con los problemas de Vivienda pública, se presentaron 133 quejas debida a las demoras en acceder a una vivienda pública por parte de los colectivos más desfavorecidos. Unas demoras que se cuentan por años en la mayoría de los casos.
QUEJAS DE OFICIO
Respecto a las treinta y nueve investigaciones de oficio abiertas durante el 2017, la gran mayoría de ellas están relacionadas con los derechos de personas o colectivos en situación de desprotección, en riesgo de exclusión social o en situaciones de especial vulnerabilidad. Entre otros asuntos, este año hemos supervisado: la atención a menores ex tutelados; situación del centro de recepción de menores Alacant; la falta de docentes en educación especial; la atención a la salud mental infanto-juvenil; el funcionamiento de los puntos de encuentro familiar; la atención a las mujeres víctimas de violencia de género; inspección de centros residenciales de personas mayores; o la participación de menores extranjeros en deporte federado; la insalubridad de las viviendas del EIGE en barrio Miguel Hernández de Alicante, y ; la falta de cirujanos pediátricos en hospitales de la CV, entre otras tantas.
INFORMES ESPECIALES
Al trabajo relacionado con la tramitación ordinaria de las quejas hay que añadir la presentación de tres informes especiales y/o monográficos que fueron entregados a Les Corts Valencianes durante el año pasado bajo los siguientes títulos:
- El papel de los servicios sociales generales en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en los municipios valencianos durante la crisis, presentado en enero de 2017.
- El ejercicio de la tutela de menores por las administraciones públicas valencianas, entregado en un mes más tarde, en febrero de 2017
- La atención y la protección a las mujeres víctimas de violencia de género en la Comunitat Valenciana, que lo hicimos público en junio de 2017.
Cada uno de estos documentos concluye con un conjunto de propuestas de mejoras dirigidas a las administraciones con competencia en cada uno de los asuntos tratados.
COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
En cuanto al grado de colaboración de las administraciones públicas valencianas con esta Institución, queremos significar que sigue siendo muy elevado y satisfactorio. No obstante, en el informe se detalla trece administraciones que no han contestado a nuestras peticiones de información tras varios requerimientos, obligándonos a dictar resoluciones sin conocer el parecer de la administración denunciada. En esta situación se encontrarían:
Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (en 133 quejas); Ayuntamiento de Elda (en 7 quejas), Ayuntamiento de Lliria (en 3 quejas); Ayuntamiento de Monforte del Cid (3 quejas); Ayuntamiento de Moncada (2 quejas); Conselleria de Sanidad Universal (1 queja); SUMA Gestión Tributaria (1 queja); Ayuntamiento Benaguasil (1 queja); Ayuntamiento de Catarroja (1 queja); Ayuntamiento de Mutxamel (1 queja); Ayuntamiento de Náquera (1 queja); Ayuntamiento de Peñíscola (1 queja); Ayuntamiento de Rojales (1 queja).
También damos cuenta de aquellas administraciones que no han dado respuesta a nuestras recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales tras repetidos intentos de obtener respuesta. Esta sería la situación de:
La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (en 95 resoluciones); Ayuntamiento de Elda (8 resoluciones, aunque en 3 recibimos respuesta tras comunicar el cierre); Conselleria de Sanidad Universal (2 resoluciones, aunque en una de ellas recibimos informe tras comunicar el cierre); Ayuntamiento de Catarroja (2 resoluciones); Ayuntamiento de Lliria (2 resoluciones, en una de ellas recibimos respuesta tras comunicar el cierre); Ayuntamiento de Moncada ( 2 resoluciones); Ayuntamiento de Mutxamel ( 2 resoluciones); Ayuntamiento de Orihuela (2 resoluciones); Conselleria de Educación (1 resolución); Coselleria de Vivienda (1 resolución); SUMA Gestión Tributaria (1 resolución); Ayuntamiento de Alginet (1 resolución); Ayuntamiento de Alicante (1 resolución), Ayuntamiento de Aielo de Malferit (1 resolución); Ayuntamiento de Bellreguard (1 resolución); Ayuntamiento de Burjasot (1 resolución); Ayuntamiento de Carcaixent (1 resolución que contestan tras comunicar el cierre); Ayuntamiento de Chiva (1 resolución); Ayuntamiento de Daimús (1 resolución); Ayuntamiento de Daya Nueva (1 resolución); Ayuntamiento de Oliva (1 resolución, que contestan tras comunicar el cierre de la queja); Ayuntamiento de Peñíscola (1 resolución); Ayuntamiento de Rojales (1 resolución); Ayuntamiento de Serra (1 resolución); Ayuntamiento de Torrevieja (1 resolución); Ayuntamiento de València (1 resolución); Ayuntamiento de Vinalesa (1 resolución).
En las dos situaciones descritas, hay expedientes en los hemos recibido el informe requerido después de haber dictado la resolución, y otros en los la Administración viene a contestar a nuestra resolución una vez que ya hemos cerrado la queja.
En cualquier caso y sobre esta falta de colaboración, el Síndic advierte de la idiosincrasia de esta institución y de la obligación de la administración a colaborar con la misma para su correcto funcionamiento: “La peculiar naturaleza de esta institución, cuyas resoluciones no gozan de fuerza para obligar a su cumplimiento, requiere de un elevado grado de colaboración de las administraciones y organismos sujetos a su control. De otra forma, el Síndic puede llegar a ser una voz que clama en el desierto, viéndose obligado a gritar cada vez más fuerte para que sus denuncias alcancen el suficiente grado de notoriedad”.
NOTA: Todas las resoluciones a las que hacemos mención en nuestro Informe Anual pueden ser consultadas en nuestra página web haciendo clic sobre el número de queja (en la versión digital). Igualmente, todos los informes especiales publicados durante el 2017 también se encuentran disponibles en nuestra web para su consulta y/o descarga.
El Informe anual 2017 del Síndic de Greuges está disponible en esta página web.
El Síndic insta al Gobierno y a los representantes políticos a garantizar los derechos y no erosionar en ningún caso la imagen y la dignidad de la comunidad educativa
Date of article: 02/05/2018
Daily News of: 03/05/2018
Country:
Spain
- Catalonia
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Article language: es
02/05/2018
Comunicado en relación con las acusaciones de delito de odio a nueve docentes de Sant Andreu de la Barca
El hecho de que en los centros educativos se trabajen aspectos relacionados con la situación política, por sí solo, no se debe considerar una vulneración de los derechos del alumnado
Constata que se ha investigado el caso y que ninguna familia ha presentado queja, a pesar de que se les invitó a hacerlo
Recuerda que las fuerzas de seguridad no se prevén como colectivo susceptible de ser objeto de delitos de odio
Condena la publicación de las imágenes de los docentes implicados por parte de un medio de comunicación y su difusión en las redes sociales
El Síndic abrió una actuación de oficio el día 5 de octubre de 2017 a raíz de la información que apareció en los medios de comunicación respecto de los supuestos comentarios en forma de reproches que docentes del Instituto El Palau, de Sant Andreu de la Barca, presuntamente habían hecho a algunos alumnos (AO 223/2017). De la respuesta recibida del Departamento de Enseñanza en fecha 31 de enero de este año, se deriva que el Servicio de Inspección ha visitado el centro varias veces para pedir información sobre los hechos, asesorar al director y velar por el buen funcionamiento del centro; que la dirección del centro ha actuado en todo momento de acuerdo con sus funciones para recuperar el clima de convivencia respecto de toda la comunidad escolar y ha llevado a cabo múltiples actuaciones para devolver la dinámica habitual al centro, y que en ningún caso se ha formalizado ningún procedimiento ordinario de queja en el centro o en la Inspección, a pesar de que se invitó a los padres y madres de los alumnos presuntamente afectados a hacerlo. Según el informe “los días inmediatamente posteriores al 2 de octubre la relación entre alumnos y docentes, y entre los mismos alumnos, se vio influida por el contexto político”, a pesar de que posteriormente la actividad académica ha ido volviendo progresivamente a la normalidad. El informe describe un clima de preocupación y desasosiego del personal docente, en algunos casos de gravedad.
Así mismo, el Consejo Escolar del Instituto, órgano del que depende la Comisión de Convivencia, afirmó en un manifiesto que no han tenido nunca “ningún conflicto por razones ideológicas durante todos estos años de existencia del instituto”, y que “la trayectoria de los profesores acusados ha sido siempre de una gran profesionalidad al servicio de la enseñanza”.
Cabe remarcar que la información enviada por la Administración pone de manifiesto que se han llevado a cabo actuaciones para comprobar los hechos y que, a pesar de que no se ha recibido denuncia de ninguna familia, se ha mantenido entrevistas con docentes, alumnos y familias. También se constata un seguimiento intensivo de la Inspección, la Administración educativa y los servicios educativos.
Tratamiento de los hechos relacionados con la situación política en la escuela
En este contexto, el Síndic quiere afirmar que el hecho de que en los centros educativos se trabajen aspectos relacionados con la situación política, por sí solo, no se debe considerar una vulneración de los derechos del alumnado, ni resulta contraria a los fines de la educación ni constituye una práctica adoctrinadora, puesto que se enmarca en el ejercicio del derecho a la educación y en las funciones que el marco normativo vigente atribuye al sistema educativo.
El derecho a la educación va más allá de la transmisión de conocimientos e incluye, también, la preparación para el ejercicio de la ciudadanía activa, la educación en la esfera de los derechos humanos, y una educación que promueva y refuerce los valores éticos consagrados por la Convención sobre los derechos del niño (la educación para la paz, la tolerancia) y preste atención a los problemas existentes en la misma comunidad del niño.
El tratamiento que se realice de la situación actual en el contexto educativo debe tener como finalidad responder a las necesidades del alumnado atendiendo a su edad, su estadio evolutivo y contribuir a su desarrollo integral.
Por otra parte, más allá del contenido del derecho a la educación, el tratamiento de hechos relacionados con la actualidad política y social en las escuelas da respuesta a otros derechos que niños y adolescentes tienen reconocidos por el ordenamiento vigente.
La Convención sobre los derechos del niño atribuye a los estados el deber que la educación se dirija a preparar al niño para una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia y amistad entre los pueblos. La normativa estatal y catalana incorpora el respeto a la Constitución y al Estatuto y el respeto a los derechos y las libertades fundamentales, así como a los valores de libertad, tolerancia, resolución pacífica de conflictos y pluralismo.
Las últimas décadas a escala europea, tanto en el Consejo de Europa como en la Comisión Europea, se ha considerado necesario impulsar el aprendizaje y el debate de aspectos controvertidos en las escuelas, como elemento de cohesión y de expansión de la cultura de la democracia y el respeto a los derechos humanos.
El Síndic entiende que la escuela, como comunidad escolar, debe velar por el interés superior de los niños y los adolescentes y, con este propósito, debe proteger los derechos a la libertad ideológica y de conciencia de todo el alumnado para garantizar que todo el mundo pueda tener su espacio en la escuela y que se respeten sus convicciones y su intimidad en relación a estas creencias y convicciones.
El alumnado también tiene derecho a recibir una enseñanza que fomente el respeto a las personas sin manipulaciones ideológicas o propagandísticas (art. 10 del Decreto 279/2006, de 4 de julio, sobre derechos y deberes del alumnado y regulación de la convivencia en los centros educativos no universitarios de Cataluña), sin que en ningún caso se le pueda discriminar por causa de la condición, las creencias o actividades de sus padres o familiares (art. 2.2 de la CDI).
En esta línea, la supresión de contenidos o actividades relacionadas con la actualidad por el hecho de que puedan dar lugar a controversia en el aula no es deseable ni desde el punto de vista pedagógico ni desde la perspectiva de los derechos de los niños a la educación. Por el contrario, es necesario procurar promover la capacidad crítica y el ejercicio de la ciudadanía activa del alumnado. Impartir formación en derechos humanos y dar a los alumnos información plural y completa forma parte del encargo de la escuela como herramienta para promover un desarrollo integral del alumno.
Derechos de los docentes
La judicialización de la actuación del profesorado por el tratamiento que han dado a los acontecimientos políticos de los últimos meses en el aula puede afectar a la garantía del derecho a la educación de los niños en los términos descritos, puesto que el clima que se genera redunda en el malestar de algunos docentes, que se sienten coartados en su libertad de expresarse libremente en el aula y ejercer su libertad de cátedra.
El Síndic considera que las actuaciones del profesorado que puedan constituir una actuación inadecuada se tendrían que resolver en el marco de las actuaciones de supervisión administrativa que establece el marco normativo, es decir, a través de la Inspección educativa, la cual ya se pronunció. Frente a la existencia de quejas o denuncias de alumnado y de familias, el Departamento de Enseñanza tiene regulado un procedimiento para que se puedan investigar y, en su caso, para que se adopten las medidas necesarias para revertir la situación, si es preciso mediante la imposición de sanciones.
En opinión del Síndic, la tramitación por vía penal de este hecho resulta desorbitada e inadecuada, sobre todo cuando se pretende canalizar como delitos de odio, categoría penal tipificada para proteger grupos de población vulnerable. Estas acusaciones parecen tener una finalidad intimidatoria y disuasiva del ejercicio de la libertad de expresión y de cátedra, cosa que resulta altamente preocupante.
Sin perjuicio de lo anterior, cualquier investigación debe respetar el principio de presunción de inocencia, en este caso respecto de los docentes cuya actuación fue objeto de denuncia ante la Guardia Civil.
Por otra parte, la difusión de datos de los docentes atenta contra su derecho a la intimidad y a la propia imagen, que tiene la consideración de derecho fundamental, y en particular la divulgación de sus imágenes puede haber vulnerado la normativa que regula el derecho a la protección de datos.
La Administración educativa tiene el deber de proteger los derechos del alumnado, pero de manera correlativa también tiene la obligación de velar por el pleno respeto de los derechos de los docentes, dado que, a estas alturas, no existe ninguna resolución administrativa ni judicial que confirme o descarte los hechos denunciados por las familias.
En este sentido, la Ley de educación reconoce a maestros y profesores como agentes principales del proceso educativo en los centros (art. 104.1), y atribuye a la Administración educativa el deber de "velar por que el profesorado reciba el trato, la consideración y el respeto que le corresponden de acuerdo con la importancia social de la tarea que desempeñan" (art. 106.1).
El Departamento de Enseñanza debería adoptar medidas inmediatas para proteger a estos docentes, y garantizar y evitar vulneraciones de su derecho a la intimidad y a la propia imagen. A estas alturas no se tiene constancia que la Administración educativa haya llevado a cabo ninguna actuación con este objetivo, y se tiene constancia de la intervención de la Inspección educativa, pero no del resultado de esta investigación.
La actuación de los medios de comunicación que han difundido estos datos no sólo vulnera los derechos de los profesionales, sino que causa una perturbación grave en el funcionamiento y la convivencia en el Instituto El Palau y, en segundo término, en el conjunto del sistema educativo. Resulta poco ético y no ayuda a la convivencia la difusión en redes sociales de mensajes partidistas sobre estos datos.
Es preciso recordar que "el aprendizaje de la convivencia es un elemento fundamental del proceso educativo (art. 30.1 LEC) y todos los miembros de la comunidad escolar tienen el derecho a convivir en un buen clima escolar y el deber de facilitarlo".
La aparición de pintadas acusatorias con datos de docentes perturba gravemente la convivencia en el centro y afecta no sólo a los profesionales del instituto, sino al conjunto de alumnado, que ve gravemente alterado el clima de respeto y convivencia.
Por esto, el Síndic de Greuges pide:
1) Que todas las instituciones y sus representantes se abstengan de hacer un uso partidista de estos hechos.
2) Que se circunscriba el tratamiento al marco educativo, dentro de las normas propias e internacionales que lo regulan.
3) Que, en este marco, se garanticen los derechos de toda la comunidad educativa, especialmente del alumnado y el profesorado.
4) Que las autoridades competentes en materia de protección de datos analicen si se ha cometido alguna actuación contraria a la normativa vigente en el uso de las imágenes de los docentes del Instituto El Palau.
Zwei Polizeiautos blockieren eine Kreuzung
Date of article: 30/04/2018
Daily News of: 03/05/2018
Country:
Austria
Author:
Article language: de
Ein Wiener beobachtete, wie zwei Polizeiautos während einer Grünphase mitten in einem Kreuzungsbereich stehenblieben. Während sich die Fahrer unterhielten, konnte kein Fahrzeug in die Kreuzung einfahren, sowohl ein Bus als auch mehrere Autos mussten warten. Der verärgerte Mann meldete den Vorfall an die Volksanwaltschaft. Volksanwalt Dr. Peter Fichtenbauer setzte sich mit dem BMI in Verbindung, um die Sache aufzuklären.
Das Prüfverfahren ergab, dass die Polizeiautos im Kreuzungsbereich zwar gehalten hatten, um wichtige dienstliche Informationen über zwei Vorfälle auszutauschen. Da dabei aber weder das Blaulicht noch das Folgetonhorn verwendet worden waren, war dies für die Allgemeinheit nicht ersichtlich.
Das BMI bedauerte den dadurch entstandenen negativen Eindruck und meldete den Vorfall der zuständigen Polizeidirektion zur Einleitung eines Verfahrens.
Czech Ombudsman as the National Preventive Mechanism presents the NPM annual report 2017
Date of article: 30/04/2018
Daily News of: 03/05/2018
Country:
Czechia
Author:
Article language: en
30. 04. 2018
The Annual Report 2017 on the activities of the Czech National Preventive Mechanism was issued. The document can be accessed here.
To sum up the year 2017:
- 22 systematic visits were carried out
- the Ombudswoman used her authority to impose sanction twice
- 2 topical reports summarized the finding from visits to police cells (see the report) and hospitals for long-term patients (see the report)
The duties of the NPM under the Optional Protocol of the Convention against Torture and other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment (OPCAT) have been performed by Ombudsman since 2006. The NPM team is currently constituted by 8 full-time lawyers and cooperates with 12 external experts during the systematic visits.
We also draw attention to the Ombudsman’s Legislative Recommendation in the Annual Activity Report 2017 in the field of social services – interference with the dignity of persons in the provision of social services as a misdemeanor.
