Se constata que no se intervino a pesar de la existencia del peligro real para las víctimas y su revictimización
El protocolo para la prevención, detección y actuación del acoso sexual no estuvo disponible hasta en el año 2018 y tuvo un efecto limitado
Los protocolos y la formación deben ir acompañados de un proceso de sensibilización de todos los profesionales
Las medidas de reparación adoptadas también deberían incluir el antiguo alumnado
En el caso del Aula Municipal de Teatro de Lleida, el Ayuntamiento ha creado una comisión especial para establecer mecanismos de reparación, herramientas de apoyo para la prevención y denuncia de cualquier tipo de abuso, y la revisión del modelo de concesión administrativa, entre otros
En febrero de 2021 los medios de comunicación se hicieron eco de testimonios de alumnado del Instituto del Teatro (IT) que denunciaban situaciones de acoso sexual, maltrato psicológico y abuso de poder por parte de docentes que, supuestamente, se han mantenido durante años en este centro.
La información publicada recogía una veintena de testigos y, según las mismas informaciones, aunque constaba una única denuncia formal ante el centro, numerosas estudiantes habían presentado quejas a los tutores y jefe de estudios en relación con estas conductas y la situación era conocida.
En este contexto, y dado que el marco normativo vigente reconoce el derecho de niños y adolescentes a ser protegidos de la violencia y el derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, el Síndic abrió una actuación de oficio y pidió información a la Diputación de Barcelona, titular del centro, y al Consorcio de Educación de Barcelona, sobre las medidas establecidas de prevención y detección del abuso sexual y otras formas de violencia machista y otros malos tratos, sobre los mecanismos de participación y escucha del alumnado existentes, y sobre las medidas de supervisión que se han adoptado.
Del contenido de las denuncias surgidas y el resultado de las primeras investigaciones, se desprende que en el centro se han producido situaciones de abuso de superioridad, de acoso sexual e incluso de abuso sexual de determinados docentes hacia el alumnado.
Según las informaciones aparecidas, este tipo de actuaciones se mantuvieron durante años y eran conocidas, dado que algunas se desarrollaron en público y, en otros casos, fueron comunicadas por el alumnado a los tutores o docentes de referencia. Por lo tanto, a criterio del Síndic, una parte de los docentes del centro no actuó de acuerdo con el derecho de los alumnos a ser protegidos, dado que no se actuó suficientemente para poner fin a estas situaciones. Ante este hecho, el Síndic recuerda que el deber de protección de la Administración tiene un alcance amplio, que no puede quedar supeditado a la existencia de denuncias formales. Asimismo, frente a cualquier indicio, la Administración tiene el deber de actuar de oficio, con la diligencia debida, para detectar cualquier forma de maltrato y/o violencia y revertirla y, el incumplimiento de este deber constituye una forma de violencia institucional. En el caso de la IT se pone de manifiesto que esta violencia se produjo en la medida en que, a pesar de que se tenía conocimiento de actuaciones de docentes que vulneraban los derechos del alumnado de forma continuada en el tiempo, no se intervino a pesar de la existencia del peligro real para las víctimas y su revictimización.
De la información recibida, el Síndic valora positivamente tanto la elaboración del protocolo para la prevención, detección y actuación del acoso sexual, por razón de sexo y/o identidad de género, y también las actuaciones de formación dirigidas a los profesionales. Sin embargo, el Síndic ha constatado que el centro no ha dispuesto de este protocolo hasta el año 2018, cuando la normativa de protección de las mujeres contra la violencia machista y los derechos de los niños y adolescentes preveía su existencia desde los años 2008 y 2010, respectivamente. Por otra parte, a criterio del Síndic, este documento tiene un efecto limitado, en tanto que no es hasta transcurridos tres años (en 2021) que surgen las denuncias, las cuales se vehicularon a través de los medios de comunicación. En este sentido, el Síndic recuerda que el establecimiento de un protocolo y la formación del profesorado pueden resultar inefectivos si no van acompañados de un proceso de sensibilización de todos los profesionales del centro, de información y formación al alumnado y el personal docente en derechos humanos y detección de las violencias y de una intervención proactiva ante las comunicaciones o denuncias que surjan.
En cuanto a los mecanismos de participación del alumnado en el funcionamiento del centro educativo, que es un derecho reconocido en la Convención de los derechos de los niños, el Síndic también considera necesario revisarlos en profundidad para hacerlos más efectivos. A pesar de que el centro tenga establecidos diversos canales de participación del alumnado, es necesario que sean más conocidos y fácilmente accesibles para a los alumnos.
Por último, el Síndic valora positivamente las medidas tomadas en el marco de la Comisión de Prevención y de Investigación de acosos sexuales, activada para investigar los hechos denunciados, que incluye la apertura de un expediente disciplinario a tres docentes y la comunicación de uno de los casos al Ministerio Fiscal. Ahora bien, el Síndic considera que estas medidas deberían tener un alcance más amplio, de modo que también permitiera conocer actuaciones que hayan afectado al antiguo alumnado, así como aquellas que puedan ser atribuibles a profesionales que actualmente no forman parte de la plantilla. El Síndic considera que el hecho de que algunos docentes no mantengan el vínculo con la institución no excluye la posibilidad de denunciar, en su caso, los hechos que puedan tener entidad penal, y también que el antiguo alumnado del centro ha de poder realizar aportaciones a esta investigación y poder obtener una reparación si se confirma que no fue protegido.
En cuanto a las medidas de reparación -económicas y morales- apuntadas por el Instituto, el Síndic las valora adecuadas, pero pide que se hagan efectivas también en el antiguo alumnado que se haya podido ver afectado por las actuaciones denunciadas.
Por último, la resolución del Síndic hace una serie de recomendaciones:
- Promover una investigación exhaustiva de los hechos denunciados para conocer su alcance, el alumnado y el personal docente afectados por las denuncias, y la actuación de los responsables del centro y los docentes ante las denuncias.
- Continuar mejorando los procesos y los procedimientos para abordar cualquier manifestación de la violencia machista a fin de garantizar un enfoque integral y transversal centrado en la víctima.
- Incrementar la difusión y la visibilidad del protocolo de acoso de que dispone el centro, desde 2018.
- Asegurar la formación especializada, obligatoria y periódica de todo el profesorado.
- Establecer un código de buenas prácticas para asegurar el pleno respeto de los derechos del alumnado del centro.
- Revisar en profundidad los mecanismos de participación del alumnado con el objetivo de hacerlos más ágiles y cercanos, de manera que se pueda asegurar una participación efectiva.
- Considerar la adopción de medidas de reparación para las víctimas por los daños sufridos, que deberían poder hacer extensivas a antiguo alumnado del centro que se haya visto afectado.
- Garantizar la supervisión periódica del funcionamiento del centro y la protección de los derechos del alumnado.
En una carta reciente el Consorcio de Educación de Barcelona responde al Síndic que considera muy oportunas las recomendaciones y que las asume plenamente dentro del ámbito de sus competencias.
Aula Municipal de Teatro de Lleida
El pasado mes de marzo el Síndic también hizo pública una resolución a raíz de las denuncias sobre presuntos abusos sexuales a menores cometidos por parte del director y otros docentes de la escuela Aula Municipal de Teatro de Lleida. En ese caso el Síndic concluyó que era necesario revisar el modelo de funcionamiento del Aula de Teatro de Lleida y reparar a las víctimas por los daños sufridos. También denunció que durante años el Aula no había dispuesto de ninguna normativa para proteger al alumnado del abuso sexual ni tampoco se hicieron las actuaciones de inspección necesarias, y recordó que el protocolo marco mencionado es aplicable todas las formas de maltrato infantil y no sólo a las que tengan lugar en el ámbito familiar.
El Ayuntamiento de Lleida, en respuesta a las recomendaciones del Síndic, ha informado de la apertura de un expediente informativo para determinar las responsabilidades de la entidad gestora del Aula de Teatro y la creación de una comisión especial, formada por expertos diferentes ámbitos, con el objetivo de establecer mecanismos de reparación a las víctimas y a sus familias, herramientas de apoyo al personal docente y a la comunidad educativa de prevención y denuncia de cualquier tipo de abuso, y la revisión del modelo de concesión administrativa, entre otros.
El Ayuntamiento de Lleida también ha informado de la creación de un grupo de trabajo interdepartamental con el objetivo de realizar un estudio económico sobre la municipalización del centro educativo a partir del curso 2021-2022.
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