El Gobierno acepta la petición de la síndica Giménez-Salinas de mejorar el acceso a la renta garantizada de toda la población en riesgo de exclusión social

Date of article: 04/01/2024

Daily News of: 09/01/2024

Country:  Spain - Catalonia

Author: Regional Ombudsman of Catalonia

Article language: es

Derechos Sociales asume el compromiso con la síndica de mejorar el alcance de la renta garantizada de ciudadanía (RGC) entre las personas más desfavorecidas

La sindicatura había alertado de que muchas de estas personas quedan excluidas por una aplicación incorrecta del Reglamento de la RGC

La administración reconoce tiempos de espera excesivos para ser atendido por servicios especializados

 

El Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat se compromete a realizar sesiones informativas en todas las áreas básicas de servicios sociales (ABSS) sobre aspectos relevantes de la RGC. De forma específica, y atendiendo a la petición de la síndica Giménez-Salinas, en estas sesiones se insistirá a los profesionales de los servicios sociales en que, si un núcleo familiar en riesgo de exclusión social inminente no cumple todos los requisitos previstos por el artículo 11 del Reglamento de la renta garantizada, hay que estudiar si concurren las circunstancias extraordinarias previstas en los artículos 13 y 14 del mismo reglamento y, si cabe, es necesario emitir un informe técnico preceptivo y favorable para solicitar las excepciones previstas en esos artículos para la concesión de la RGC.

La síndica Giménez-Salinas “valora positivamente el compromiso adquirido por el Departamento de Derechos Sociales y recuerda a la Administración la necesidad de utilizar siempre cualquier supuesto de la normativa vigente para dar cumplimiento efectivo al derecho de la ciudadanía a librarse de las situaciones de exclusión social y a disfrutar de una vida digna”.

En opinión de la síndica, “este compromiso es relevante porque puede ayudar a reducir la diferencia que existe entre los hogares que viven en riesgo de sufrir pobreza severa y los que son receptores de la RGC”. 

De acuerdo con los datos de Idescat de 2022, en Cataluña el 8 % de la población (632.000 personas) se encuentra en riesgo de pobreza severa. Sin embargo, solo el 1,5 % del total de la población (117.506 personas) fue receptora de la RGC (como titular o beneficiaria), de acuerdo con los datos del Departamento de Derechos Sociales.

Detalle del artículo 13 y 14 del Reglamento de la renta garantizada

El artículo 13 reconoce el derecho a la prestación de la renta garantizada para el caso de las “personas que no cumplen los requisitos establecidos, pero en las que concurran circunstancias extraordinarias por las que se encuentran en una situación de especial necesidad o urgencia”. La norma establece qué se entiende por situación de especial necesidad o urgencia (que debe estar debidamente acreditada mediante el informe técnico preceptivo y favorable de los servicios sociales públicos competentes y del órgano técnico de la renta garantizada de ciudadanía):

[...] cualquier contingencia que tiene lugar o aparece en el transcurso de la vida de una persona y que le impide hacer frente a los gastos esenciales para el mantenimiento propio o de las personas que integran la unidad familiar a la que pertenece; personas que necesitan una actuación de apoyo y urgencia por causas objetivas ajenas a su voluntad, por los siguientes motivos:

a) Inminencia de desahucio o pérdida de la vivienda.

b) Violencia machista.

c) Enfermedades graves sobrevenidas.

d) Riesgo de los menores de edad a cargo.

e) Jóvenes y adolescentes en riesgo de exclusión social inminente que pueda atentar contra su vida o salud o que sufran violencia o maltrato, por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

f) Personas que son víctimas de explotación sexual o del tráfico de seres humanos.

g) Personas con otras situaciones análogas que impliquen hallarse en riesgo de exclusión social inminente.

Por otra parte, el artículo 14 del Reglamento prevé otra excepción para los casos en que se acredite debidamente una situación excepcional, al permitir la concesión, dentro de un mismo hogar, de más de una prestación de RGC a más de una unidad familiar, y durante un plazo máximo de un año. Las circunstancias excepcionales establecidas, en este caso, son las siguientes:

a) Acogida provisional de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, en casos excepcionales derivados de una situación de desempleo de larga duración, o tener a cargo hijos menores de edad.

b) Situaciones derivadas de desahucios.

c) Situaciones que sucedan por violencia machista.

d) Otras situaciones que el órgano técnico considere según la excepcionalidad de la urgencia social de las personas, a propuesta de los servicios sociales de referencia.

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El Defensor del Pueblo se interesa por la protección del consumidor de microcréditos

Date of article: 04/01/2024

Daily News of: 09/01/2024

Country:  Spain

Author: National Ombudsman of Spain

Article language: es

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha iniciado una actuación de oficio con el Banco de España y con la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa -Ministerio de Economía, Comercio y Apoyo a la Empresa- para conocer el grado de protección que existe para los consumidores de los conocidos como microcréditos o préstamos rápidos.

Esta actuación se produce tras haber recibido quejas de ciudadanos por los elevados intereses y por los plazos breves para la devolución de las cantidades concedidas por estos productos que son comercializados por empresas que, en muchos casos, no tienen consideración de entidades de crédito.

Los microcréditos suelen dirigirse hacia un tipo de consumidores que atraviesan situaciones económicas difíciles, incluso desesperadas, y que optan por relegar su derecho a la información y al asesoramiento financiero además de carecer de toda capacidad de negociación. A ello se suma que estos préstamos -cuyas cantidades suelen situarse entre los 1.000 y los 10.000 euros- se conceden casi de manera automática, incluso vía online o telefónica, sin un análisis de riesgos o de solvencia, lo que conduce a muchas personas a una situación de sobreendeudamiento.

En opinión de la institución Defensor del Pueblo, al margen de la autorregulación que puedan practicar las empresas que ofrecen estos productos y de las numerosas sentencias judiciales que han fallado a favor de los consumidores, no parece que exista una normativa específica que discipline su actuación, más allá de las normas de protección de consumidores y usuarios, o las previstas en el Código Civil y en el Código de Comercio.

La institución, por ello, ha preguntado al Banco de España -supervisor del sistema bancario- y a la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa si, en función de las competencias que les otorga la Ley 10/2014 de 26 de junio, están llevando a cabo algún tipo de actuación sobre las entidades que conceden estos productos, y si se ha emitido alguna directriz aplicable a los microcréditos.

Asimismo, el Defensor del Pueblo quiere conocer si está previsto que la futura Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero incluya entre sus competencias la protección de los clientes en las reclamaciones derivadas de la contratación de estos productos.

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Sozialsprechstunde: Bürgerbeauftragte berät in Heide

Date of article: 02/01/2024

Daily News of: 09/01/2024

Country:  Germany - Schleswig-Holstein

Author: Regional Ombudsman of Schleswig-Holstein

Article language: de

Probleme beim Bürgergeld, wie zum Beispiel mit der Übernahme der Kosten für Miete oder Heizung, mit der Hilfe zum Lebensunterhalt, dem Wohngeld oder auch mit Leistungen der Krankenkassen oder Schwierigkeiten beim Kindergeld - die Bürgerbeauftragte für soziale Angelegenheiten des Landes Schleswig-Holstein, Samiah El Samadoni, hilft bei allen Fragen rund um das Sozialrecht. Darüber hinaus berät die Bürgerbeauftragte auch als Leiterin der Antidiskriminierungsstelle des Landes und als Ombudsperson in der Kinder- und Jugendhilfe im Rahmen dieser Sprechstunde. Zudem ist die Bürgerbeauftragte auch Beauftragte für die Landespolizei und damit Ansprechpartnerin für Beschwerden von Bürger*innen und Eingaben von Polizist*innen.

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Ángel Gabilondo se ha reunido con el presidente del Consejo General del Poder Judicial

Date of article: 10/01/2024

Daily News of: 11/01/2024

Country:  Spain

Author: National Ombudsman of Spain

Article language: es

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha mantenido un encuentro este miércoles con el presidente -p.s.- del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Vicente Guilarte, en la sede del órgano de gobierno de los jueces.

El Defensor del Pueblo ya se reunió, en marzo de 2023, con el anterior presidente del CGPJ, Rafael Mozo y previamente, en mayo de 2022, también mantuvo un encuentro con su predecesor, Carlos Lesmes.

Ángel Gabilondo y Vicente Guilarte han abordado cuestiones relacionadas con las quejas recibidas en la institución acerca del funcionamiento de la Administración de Justicia y actuaciones de órganos judiciales. Estas quejas están relacionadas con incidencias en juzgados y tribunales, con dilaciones en la tramitación de procedimientos y en la resolución de recursos, con el dictado y ejecución de sentencias, con señalamientos de juicios, con puntos de encuentro familiar o con servicio de guardia en los juzgados, entre otros asuntos. En 2023 la institución Defensor del Pueblo se dirigió al CGPJ en 51 ocasiones.

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La síndica pide impulsar una segunda fase del Pacto para combatir la segregación escolar dentro de los centros

Date of article: 10/01/2024

Daily News of: 11/01/2024

Country:  Spain - Catalonia

Author: Regional Ombudsman of Catalonia

Article language: es

Las medidas implementadas hasta ahora han permitido reducir más del 20 % los niveles de segregación escolar global

Alrededor de 250 centros siguen siendo altamente guetizados

La educación es primordial para hacer posible el ascensor social
 

Esta mañana ha tenido lugar la octava reunión de la Comisión de Seguimiento del Pacto contra la segregación escolar, impulsado por la institución del Síndic de Greuges de Catalunya y el Departamento de Educación, junto con la mayoría de los municipios de más de 5.000 habitantes y miembros de la comunidad educativa y del arco parlamentario e institucional.

La reunión también ha contado con la participación de la presidenta del Parlamento, Anna Erra; la consejera de Educación, Anna Simó; la adjunta de infancia, Aida C. Rodríguez, y representantes de los sindicatos, familias, entidades locales y el mundo educativo.

Durante su intervención, la síndica ha querido destacar que la segregación escolar se articula sobre la base del racismo estructural que existe en nuestra sociedad. Por ello, es necesario trabajar en la construcción de un modelo de integración que consiga garantizar la equidad y la cohesión social. Y en este sentido, ni la educación, que es importante para posibilitar el ascensor social, ni las políticas públicas en general dan respuesta plenamente a las necesidades de inclusión de la población migrante.

En el transcurso de esta reunión también se ha presentado el Informe de progreso sobre el despliegue del Decreto 11/2021 (enero 2024) que tiene por objetivo continuar con la evaluación del despliegue de las medidas previstas en el Pacto durante el curso 2022/2023, y analizar cómo se ha desarrollado el proceso de admisión correspondiente al curso 2023/2024.

Evolución positiva del despliegue del Pacto

El informe destaca que, de las 30 medidas previstas, 13 ya se han cumplido, mientras que 17 están en proceso de cumplirse. Estas medidas han permitido reducir un 20 % los niveles de segregación escolar globales en el sistema educativo (y más del 35 % de la segregación existente dentro de los municipios). Mientras que el curso 2018/2019 habría sido necesario cambiar de centro al 43 % del alumnado extranjero en primaria y al 35 % en secundaria para garantizar una escolarización plenamente equilibrada de este alumnado, el curso 2023/2024 (diciembre) esta proporción es del 33 % en primaria y del 28 % en secundaria (gráfico 1).

Durante este período, el sector concertado ha incrementado más la proporción de alumnado extranjero que el sector público: en primaria, se ha pasado de una proporción de alumnado extranjero del 8,6 % al 14,1 % en el sector concertado, y del 19,6 % al 21,8 % en el sector público.

La reducción de la segregación ha hecho que la proporción de municipios con niveles de desequilibrio elevados se haya reducido a la mitad en primaria, donde ha pasado del 40,2 % al 19,6 %, y que en secundaria haya pasado del 18,0 % al 3,6 %.

La síndica manifiesta, sin embargo, que esta tendencia solo se consolidará si estas medidas tienen continuidad en los próximos años.

No obstante, el informe pone de manifiesto que las medidas implementadas hasta ahora no han logrado invertir la guetización de los 250 centros catalanes con una mayor concentración de alumnado con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales. Las políticas de escolarización equilibrada son más efectivas para combatir los desequilibrios entre centros dentro de un mismo territorio cuando no hay situaciones de guetización de centros que se han instalado en el imaginario social de las familias. Por ello, la síndica apunta a la necesidad de un plan de choque para revertir esta situación.

En este sentido, será necesario desarrollar una estrategia de trabajo comunitario para hacer un uso más extensivo del instrumento de la oferta singular previsto en el Decreto 11/2021, que implica promover la escolarización de alumnado sin necesidades educativas específicas en los centros con más desequilibrios (por ejemplo, mediante la admisión de grupos de familias escolarizadas en la guardería). También habrá que empezar a implementar la proporción máxima de alumnado con necesidades educativas específicas por centros.

La detección de alumnado con necesidades educativas específicas

La síndica destaca que ha habido un salto cualitativo en la detección del alumnado con necesidades educativas específicas. Tras dos años aplicando los criterios establecidos en el Decreto 11/2021, se está consolidando un modelo de detección de alumnado con necesidades educativas específicas por razones socioeconómicas, detectando situaciones que se aproximan progresivamente al riesgo de pobreza.

Según los datos de la Encuesta de condiciones de vida para el año 2022, el 28,0 % de los niños menores de dieciséis años están en riesgo de pobreza. Desde la firma del Pacto, el alumnado con necesidades educativas específicas por razones socioeconómicas ha pasado del 6,4 % del curso 2018/2019 al 24,7 % del curso 2023/2024 (octubre) en educación primaria, y del 5,6 % al 18,6 % en educación secundaria. En el caso del primer nivel de educación infantil de segundo ciclo y de educación secundaria obligatoria, la detección se ha cuadriplicado en este mismo período, pasando del 4,3 % al 21,8 % en I3 y del 5,8 % al 24,0 % en 1.º de ESO, prevalencia cercana al riesgo de pobreza (gráfico 2).

La escolarización equilibrada de alumnado

Se ha consolidado la doble vía de acceso al sistema educativo, la del alumnado que ocupa las plazas ordinarias y la del alumnado que ocupa las plazas de reserva, pero hay todavía una falta de equivalencia en el procedimiento de asignación de plaza entre el alumnado con necesidades educativas específicas y el resto de alumnado (los primeros no participan en la segunda fase del proceso de admisión, no se utiliza la lista de espera en el centro para asignar plazas vacantes sobrevenidas, etc.). También falta transparencia en los criterios que se emplean para asignar plaza a este alumnado. El alumnado que accede a plazas ordinarias tiene información más precisa sobre el desarrollo del proceso de admisión.

La proporción de alumnado con necesidades educativas específicas escolarizado fuera de plazo en los centros con elevada complejidad ha tendido a reducirse: el curso 2022/2023 se ha reducido la proporción de matrícula viva asignada a centros con elevada complejidad respecto al curso 2018/ 2019, del 40,2 % al 29,4 % en primaria y del 30,1 % al 22,3 % en secundaria. Sin embargo, a pesar de este salto cualitativo, el alumnado con necesidades educativas específicas todavía tiende a escolarizarse durante el curso en centros con elevada complejidad.

La reducción de la sobreoferta

La reducción de un 20 % de las ratios en la mayoría de los centros educativos para el curso 2022/2023 ha permitido que, pese al descenso demográfico, no se haya incrementado la sobreoferta.

Sin embargo, la reducción de ratios no resuelve a medio plazo los efectos del descenso demográfico. En el proceso de admisión a I3 correspondiente al curso 2023/2024, una tercera parte de las unidades en centros públicos (34,3 %) ya tenían ratios de 19 alumnos o menos. Y pese a esta importante reducción de ratios, más de una cuarta parte de municipios de más de 5.000 habitantes (el 28,8 %) todavía tiene una sobreoferta de, al menos, una unidad.

Por este motivo, la síndica recomienda planificar la oferta a medio plazo para atender las necesidades de escolarización, si es necesario reduciendo el número de grupos, sin que la oferta se vea condicionada por el comportamiento de la demanda en cada proceso de admisión de alumnado. No es positivo que la oferta de grupos en cada centro venga determinada por las solicitudes que recibe en cada preinscripción.

Las ayudas para financiar los gastos de las actividades complementarias y curriculares y de los libros de texto y material escolar para el alumnado con necesidades educativas específicas

Las ayudas para la escolarización equilibrada de alumnado dirigidas a los centros se han consolidado por segundo año consecutivo (aunque todavía no se han convocado), pero el informe denuncia algunas disfunciones. Por ejemplo, se ha detectado que algunos centros públicos no las utilizan y, por tanto, habría que evaluar las dificultades con las que se encuentran para acceder a ellas. También se ha detectado falta de claridad sobre cuáles son los conceptos que cubren las convocatorias dirigidas a los centros concertados. En el mismo sentido, también sería necesario avanzar en el compromiso, todavía no alcanzado, de elaborar unas instrucciones sobre el pago de cuotas en los centros públicos y concertados.

La segregación interna del alumnado en los centros

El informe también pone de manifiesto que la mejora de los niveles de segregación escolar debe acompañarse de medidas para garantizar la acogida y la inclusión de la diversidad de alumnado en los diferentes centros escolares. La reducción de la segregación escolar entre centros no supone necesariamente que dentro de los centros no haya procesos segregadores (por ejemplo, agrupar al alumnado por niveles, derivar determinado alumnado a programas de diversificación curricular, orientarlo hacia itinerarios más profesionalizadores, etc.).

En este punto, la síndica hace un llamamiento a todas las entidades signatarias del Pacto para iniciar una segunda fase consistente en definir nuevas medidas para combatir la segregación escolar interna y optimizar la creciente gestión de la diversidad social. Este nuevo estadio comportaría crear una comisión de estudio sobre la acogida del alumnado desde una perspectiva antirracista, incorporar una adenda al documento del Pacto, con medidas orientadas a combatir el racismo, o adherirse a la Dirección General de Migraciones, Refugio y Antirracismo.

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