40 asociaciones piden la creación de un Instituto de Bienestar y Protección Animal

Date of article: 16/02/2021

Daily News of: 16/02/2021

Country:  Spain - Canary Islands

Author: Regional Ombudsman of the Canary Islands

Article language: es

Distintas entidades solicitan una figura que centre la actividad y ejecute los presupuestos en materia de Bienestar Animal

El Diputado del Común, Rafael Yanes, se reunió con la fundadora de la Plataforma contra Maltrato Animal en Canarias, Dácil Darias, la presidenta de la Asociación Protectora de Animales “Sano y A Salvo”, Lylyam Cabañas, y la presidenta de la Asociación de Defensa y Protección de Animales en Canarias (ADEPAC), Yahaira Tovar. Por vía telemática también asistieron la presidenta de la Federación de Asociaciones Unidas por la Defensa Animal (FAUDA), María Cazorla Betancor, la vicepresidenta de la Asociación para la Defensa contra el Maltrato Animal en Lanzarote (ADEMAL), Ana Isabel Díaz, la fundadora del proyecto “Kikechi” para el bienestar animal y la unificación de protectoras de animales de Lanzarote, Ana Belén Domínguez, y con el cofundador del proyecto del futuro Centro Insular de Educación y Bienestar Animal de Lanzarote (CIEBA), Ruymán Duarte.

El encuentro sirvió para abordar la proposición de Ley de Bienestar Animal para Canarias y las propuestas aportadas a este borrador de Ley por distintas asociaciones. Así, son 40 las protectoras que se han unido a la causa y han presentado peticiones que han sido registradas recientemente en el Parlamento de Canarias.

Los representantes calificaron de “caos” la situación que se vive actualmente en el ámbito del Bienestar y la Protección Animal y en la adjudicación de las subvenciones, así como la confusión que existe en la Administración Pública en cuanto a quién debe corresponder el tratamiento de las cuestiones relacionadas con el bienestar animal en el Archipiélago. Ante la “necesidad de regular” los proyectos y presupuestos en esta materia, pidieron la creación de un Instituto Canario de Bienestar y Protección Animal como “mano que ejecute y coordine” esta situación y que “establezca un plan estratégico económico para hacer políticas activas en protección animal”.

Aunque afirmaron que el borrador de la ley contempla un Consejo Autonómico de Bienestar Animal para decidir las líneas estratégicas de subvenciones, entre otros aspectos; consideran fundamental una figura que ejecute estos planes, y apoye y centralice la actividad.

Los afectados pusieron una queja en la Diputación del Común para pedir la aceptación de este órgano en la nueva Ley de Bienestar Animal para Canarias.

Yanes afirmó que “la creación de este Instituto centraría la actividad y, sobre todo, el presupuesto de la Comunidad Autónoma en materia de Bienestar Animal, en el que participarían directamente estos colectivos del Archipiélago”.

Read more

El Síndic insta a las autoridades competentes a revisar la legislación vigente para equiparar la libertad de expresión en España a la doctrina europea

Date of article: 16/02/2021

Daily News of: 16/02/2021

Country:  Spain - Catalonia

Author: Regional Ombudsman of Catalonia

Article language: es

Propone explorar con celeridad las vías más adecuadas para poner en libertad al cantante Pablo Hasel

Sobre el delito de injurias al Rey considera que se ha ignorado la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2018, en el caso Stern Taulats y Roura Capellera contra España
 

Con motivo de la detención y entrada en prisión de Pablo Hasel, el Síndic recuerda que en su informe de abril de 2017 Retrocesos en materia de derechos humanos: libertad de expresión de los cargos electos y separación de poderes en el Reino de España ya señalaba las regresiones en materia de libertad de expresión que se están sufriendo en todo el Estado.

Desde la reforma del Código Penal de 2015 ha habido un aumento exponencial y abusivo en la persecución de los delitos de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas del terrorismo a partir de un precepto demasiado indeterminado, el art. 578 CP, que a pesar de estar pensado para delitos de propaganda terrorista en las redes hecha por terroristas, con amenazas reales e inminentes de atentados, en la práctica sólo se está aplicando a cantantes, actores y artistas que lo único que pretenden es cuestionar el sistema y llamar la atención. La persecución penal a cantantes o tuiteros Valtónic, César Strawberry, Cassandra, la Insurgencia, Evaristo Páramos, etc. o el caso de los titiriteros de Madrid, terminen en condena o absolución, reflejan un pobre concepto de la libertad de expresión por parte de la Fiscalía y la judicatura.

Asimismo, sobre el delito de injurias al Rey, en el caso de Hasel parece que se ha ignorado la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2018, en el caso Stern Taulats y Roura Capellera c. España, en que los magistrados rechazaron la idea defendida por la justicia española en cuanto a que la quema de la foto del jefe del Estado constituye un "ataque personal" al Rey dirigido a "insultar y denigrar su persona", sino que era "una denuncia de lo que el Rey representa como cabeza y símbolo del aparato del Estado", hecho que, añade la sentencia del tribunal europeo,"entra dentro de la esfera de la crítica política o la disidencia" y, por tanto, "corresponde a la expresión de rechazo de la monarquía como institución".

Cabe recordar además que desde la sentencia Handyside de 1976, el TEDH ha declarado reiteradamente que la libertad de expresión es "una de las bases esenciales de una sociedad democrática" y que "protege no sólo las expresiones que son inofensivas y que nos complacen, si no que también aquellas que ofenden, escandalizan o molestan al Estado o a cualquier otro sector de la sociedad". 

Dada la confusión existente en torno a estos delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias al Rey, el Síndic apela a las autoridades competentes a revisar la legislación vigente y la doctrina jurisprudencial para conseguir el necesario equilibrio con la libertad de expresión, así como para explorar con celeridad las vías más adecuadas para poner en libertad al cantante Pablo Hasel.

Read more

Las defensorías autonómicas, con el Defensor del Pueblo para modificar la legislación y que los ex tutelados extranjeros obtengan la residencia

Date of article: 16/02/2021

Daily News of: 16/02/2021

Country:  Spain - Valencia

Author: Regional Ombudsman of Valencia

Article language: es

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha planteado a consulta pública la elaboración de un proyecto normativo por el que modificará el reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Las exigencias administrativas para las renovaciones de las autorizaciones de residencia de los menores extranjeros no acompañados que alcanzan la mayoría de edad han venido a dificultar la situación de vulnerabilidad de este colectivo.

Las defensorías autonómicas estamos firmemente comprometidas con la protección de los derechos  a personas menores de edad que, siendo nacionales de otros países o apátridas, llegan a España solas, sin estar acompañadas por personas adultas responsables y sin referentes familiares en España; así como garantizar que las actuaciones de las distintas administraciones, con responsabilidad en la atención a estos menores de edad, respondan a su superior interés, primando, en todo caso, el enfoque de infancia respecto a la condición de inmigrante.

Este endurecimiento de los criterios comenzados a exigir por algunas Oficinas de Extranjería, que tiene su fundamento en varios pronunciamientos judiciales, nos preocupa como instituciones garantes de los derechos y libertades de la ciudadanía. Consideramos que se está vulnerando el principio del interés superior del menor al que están obligadas las administraciones públicas y contraviene las obligaciones de proteger a los jóvenes ex tutelados que contemplan la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y la Ley de Protección Jurídica del Menor.

Ya en las 34 Jornadas de Coordinación de las Defensorías del Pueblo, celebradas en Andalucía en octubre de 2019, los defensores autonómicos y el Defensor estatal recomendamos la modificación del Reglamento de la Ley de Extranjería para que se elimine la interpretación restrictiva que limita el derecho de los menores extranjeros a obtener la autorización de residencia. La llamada Declaración de Tarifa, promulgada en dichas Jornadas y cuyo texto fue pilotado por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, recoge en su punto número 9: “Demandamos la elaboración de planes de atención a jóvenes extutelados para evitar que su protección quede interrumpida automáticamente al alcanzar la mayoría de edad, y puedan caer en la marginación y exclusión social”.

Por ello, las Defensorías del Pueblo autonómicas nos adherimos a la recomendación elevada por el Defensor del Pueblo de España al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para adecuar los requisitos exigidos para la renovación de la autorización de residencia a los jóvenes ex tutelados https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/residencia-de-los-ex-menores-tutelados-que-han-accedido-a-la-mayoria-de-edad-sin-haber-obtenido-la-pertinente-autorizacion/.

Compartimos la necesidad de modificar los artículos 196, 197 y 198 del Real Decreto 557/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería para su adaptación a la Ley de Protección Jurídica del Menor y a los criterios de la Observación General número 14 del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

Los firmantes de la adhesión objeto de este comunicado son el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor del Menor de Andalucía, Síndic de Greuges de Cataluña, Valedora do Pobo Gallego, Diputado del Común de Canarias, Ararteko, Justicia de Aragón, Procurador del Común de Castilla y León, y Defensor del Pueblo de Navarra.

Read more

Giancarlo Giulianelli é’ il nuovo Garante Regionale dei diritti

Date of article: 16/02/2021

Daily News of: 16/02/2021

Country:  Italy - Marches

Author: Garante regionale dei diritti della persona (Regional Ombudsman of Marches)

Article language: it

ad Andrea Nobili che negli ultimi cinque anni ha guidato l’Autorità di garanzia, chiamata ad occuparsi di difesa civica, infanzia e adolescenza, diritti dei detenuti, contrasto alle discriminazioni e sostegno alle vittime di reato.

L’avvocato Giancarlo Giulianelli è il nuovo Garante per i diritti della persona della Regione Marche. La sua nomina è stata sancita dall’Assemblea legislativa con 18 voti favorevoli (nove sono andati al legale Manuela Caucci).

Giulianelli succede all’avvocato Andrea Nobili che ha guidato l’Autorità di garanzia negli ultimi cinque anni e che proprio nei giorni scorsi ha ritirato la candidatura per un nuovo mandato.

Istituito con legge del 2008, a cui successivamente sono state apportate diverse modifiche, il Garante regionale è chiamato ad occuparsi di difesa civica, infanzia e adolescenza, diritti dei detenuti, contrasto alle discriminazioni e sostegno alle vittime di reato, settore quest’ultimo introdotto nel marzo 2020.

Resta in carico per cinque anni e, in base alla normativa vigente, puo’ essere confermato anche per un secondo mandato.

Read more

Vivienda y Covid-19

Date of article: 16/02/2021

Daily News of: 16/02/2021

Country:  Spain

Author: National Ombudsman of Spain

Article language: es

El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha propuesto a la Comunidad de Madrid dos medidas para afrontar los problemas habitacionales derivados de la pandemia de Covid-19.

La Institución considera que para hacer frente al periodo actual de emergencia de salud pública ocasionada por la Covid-19, es necesario adoptar alternativas y medidas inmediatas que resulten eficaces para poder atender el incremento de los problemas habitacionales de las familias más vulnerables.

Así, ha recomendado suprimir el plazo límite para solicitar la ayuda y someterlo simplemente a los ya establecidos con carácter general en el propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Esta resolución se ha realizado en el marco de una actuación de oficio abierta por el Defensor, tras recibir un elevado número de quejas relacionadas con las subvenciones convocadas por la Consejería de Vivienda y Administración local de la Comunidad de Madrid para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

Mientras que unas quejas denuncian la excesiva demora en resolver las solicitudes presentadas, en otras, los ciudadanos solicitan que se amplíe el plazo de solicitud, que finalizó el 30 de septiembre de 2020.

Por ello, la Institución también ha pedido a la Comunidad de Madrid que informe sobre el número de solicitudes que ha recibido hasta la fecha y sobre el plazo estimado de resolución de las mismas.

Adjudicación extraordinaria de vivienda por COVID-19

Otra de las medidas propuestas por el Defensor del Pueblo para ayudar a paliar las situaciones de vulnerabilidad sobrevenida en las familias por el impacto económico y social que está teniendo la pandemia, pasa por que se considere la COVID-19 como uno de los requisitos exigidos para acceder a una vivienda de emergencia social.    

En este contexto, el Decreto 52/2016, que regula el proceso de adjudicación de viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, establece que las viviendas integrantes del parque de viviendas de emergencia social darán respuesta a la demanda de vivienda de aquellos ciudadanos que resulten afectados por acontecimientos extraordinarios y se adjudicarán exclusivamente a favor de personas o familias en circunstancias de grave dificultad en las que concurra alguna situación de emergencia social.

El artículo 18 de dicho decreto especifica qué situaciones se consideran como situaciones de emergencia social. Entre ellas, el apartado c) señala “Acontecimientos extraordinarios que sitúen a los afectados en situación de exclusión residencial, tales como atentados terroristas, derrumbe de edificios y cualesquiera otros acontecimientos que el órgano competente considere susceptibles de inclusión por demandar una inmediata intervención pública para procurar alojamiento”.

            Por ello, el Defensor recomienda incluir entre los acontecimientos extraordinarios del artículo 18 del Decreto 52/2016 las situaciones de vulnerabilidad residencial derivadas de la COVID-19 que imposibilitan a los ciudadanos afectados encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviven y que puedan resultar adjudicatarios de vivienda por emergencia social, siempre que en todos ellos concurran situaciones de grave dificultad económica, social o familiar.

Read more